lunes, 15 de enero de 2018

Regímenes de retención que se dejan si efecto



Concomitantemente con  la  reforma tributaria, la Administración Federal de Ingresos Públicos,
ha dejado  sin efecto el régimen de retención desde (el día 12 de enero de 2018) previsto por las
 Resoluciones Generales (AFIP) N° 4094-E y 4095-E que se aplicaban a a las operaciones de
 disposición de acciones y demás valores, efectuadas con beneficiarios del exterior.

A su vez,  los regímenes de retención de las R.G. (AFIP) Nros. 830 y 2139 no serán de aplicación sobre
 los intereses en depósitos a plazo en entidades financieras y las operaciones efectuadas por personas humanas
 y sucesiones indivisas que tengan por objeto la enajenación de inmuebles situados en la Argentina alcanzada
por el impuesto cedular del 15%, 

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