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jueves, 21 de mayo de 2020

Nuevas fechas de presentación de Declaraciones Juradas Personas humanas y Sucesiones Indivisas

Las nuevas fechas de presentación de las DDJJ Personas Humanas según la Resolución 4721/20 son las siguientes:
ARTÍCULO 1°.- Las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, de pago de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2019, de las personas humanas y sucesiones indivisas comprendidas en las Resoluciones Generales N° 975 y N° 2.151, sus respectivas modificatorias y complementarias, cuyos vencimientos operan durante el mes de junio de 2020, podrán cumplirse -en sustitución de lo previsto en la Resolución General N° 4.172 y sus modificatorias-, hasta las fechas que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente, se indican a continuación:
Terminación CUIT    Fecha de presentación    Fecha de pago
0, 1, 2 y 3                  24/07/2020, inclusive        27/07/2020, inclusive
4, 5 y 6                      27/07/2020, inclusive       28/07/2020, inclusive
7, 8 y 9                      28/07/2020, inclusive       29/07/2020, inclusive
ARTÍCULO 2°.- Los sujetos alcanzados por la Resolución General N° 4.468 y sus complementarias, podrán -con carácter de excepción- efectuar la presentación de la declaración jurada del impuesto cedular y el pago del saldo resultante, correspondiente al período fiscal 2019, hasta las siguientes fechas:
Terminación CUIT   Fecha de presentación y pago
0, 1, 2 y 3                 27/07/2020, inclusive
4, 5 y 6                     28/07/2020, inclusive
7, 8 y 9                    29/07/2020, inclusive

miércoles, 20 de mayo de 2020

Importante prórroga vencimientos Impuesto a las Ganancias sobre los Bienes Personales e Impuesto Cedular


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extiende
por más de
 40 días los plazos para que las personas humanas
 presenten sus 
declaraciones juradas y paguen los saldos correspondientes
 al Impuesto
 a las Ganancias, Impuesto a los Bienes Personales y
 el Impuesto Cedular. 
“Esta decisión facilita el cumplimiento de las obligaciones 
tributarias en el marco
 del aislamiento social preventivo y obligatorio. La presentación de
 las declaraciones juradas y el ingreso del saldo resultante de estos
 impuestos estaba previsto para mediados de junio.
Fuente: Infoabae

lunes, 3 de junio de 2019

Prórroga para Ganancias y Bienes Personales

AFIP ha informado en el día de la fecha la prórroga:

a) Para  Ganancias y Bienes Personales:  postergación  7 días para la  presentación y el pago.
b) Para Renta Financiera: postergación de 30 días  para la presentación , no  prorrogándose el pago .

Modificaciones mínimos diversos Regímenes de Información Resolución 5362/2023

La Resolución General 5362/2023   incrementa  los importes en diversos régimen de información a partir por el cual se deben informar opera...