A partir del 1 de noviembre todos los contribuyentes inscriptos en el Impuesto
al Valor Agregado (IVA) tendrán que emitir obligatoriamente la factura en
forma electrónica.
al Valor Agregado (IVA) tendrán que emitir obligatoriamente la factura en
forma electrónica.
Sin embargo, los contribuyentes que todavía por problemas estructurales o
regionales, no tengan acceso a Internet y que se vean impedidos de cumplir
con la factura electrónica, podrán comunicar –en carácter de declaración
jurada- esa situación ante la AFIP, antes que comience la vigencia de la
obligación; o sea, hasta el 31 de octubre próximo.
regionales, no tengan acceso a Internet y que se vean impedidos de cumplir
con la factura electrónica, podrán comunicar –en carácter de declaración
jurada- esa situación ante la AFIP, antes que comience la vigencia de la
obligación; o sea, hasta el 31 de octubre próximo.
Continúan excluidos de esta obligación:
los comercios que utilizan controladores fiscales y también los casos
de venta de bienes muebles o prestaciones de servicios que no se efectúan
en el comercio y en la medida que la entrega o prestación se realice
en el domicilio del cliente.
de venta de bienes muebles o prestaciones de servicios que no se efectúan
en el comercio y en la medida que la entrega o prestación se realice
en el domicilio del cliente.
OBLIGATORIEDAD DEL CITI
Implementada la factura electrónica, adicionalmente nace desde
ese momento la obligación de informar mensualmente a la AFIP
todas las operaciones de compras y de ventas, detalladas una por
una, utilizando el programa denominado “CITI”.
ese momento la obligación de informar mensualmente a la AFIP
todas las operaciones de compras y de ventas, detalladas una por
una, utilizando el programa denominado “CITI”.
SANCIONES
Los que estén obligados y no utilicen este mecanismo de facturación, ante una inspección podrían ser sancionados por la AFIP con multas
y hasta con la clausura del local o establecimiento.
y hasta con la clausura del local o establecimiento.
Fuente: www.iprofesional.com
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