A partir del dictado de la RG 3816/2015 el sistema “MIS RETENCIONES” incorpora una nueva función a fin de computar las retenciones y/o percepciones sufridas, que resulten imputables contra el gravamen de que se trate.
La nueva función tiene las mismas características, funciones y aspectos técnicos, aprobados por la R G N° 2.170/2006, y además reconocerá:
a) Las retenciones y/o percepciones registradas en el sistema, las que podrán ser computadas a una obligación determinada conforme a las normas vigentes, para su posterior confirmación y registro en los sistemas de control de este Organismo.
b) Permitirá la carga de los certificados faltantes y su posterior cómputo, en caso de no encontrarse registradas las retenciones y/o percepciones sufridas.
La RG 3816/2015 establece su obligatoriedad para el cómputo de las retenciones y/o percepciones sufridas, correspondientes al impuesto al valor agregado, a partir del período fiscal mayo de 2016, para los contribuyentes y responsables alcanzados por las disposiciones de la RG N° 3.711 (contribuyentes que deban desagregar los débitos fiscales de acuerdo con la actividad económica declarada y las ventas conforme a la alícuota que corresponda para cada caso).
Fuente: Tributum.com |
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lunes, 18 de enero de 2016
Mis retenciones- novedad
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