Duración en el cargo de los integrantes de órganos
colegiados de las personas jurídicas privadas
La duración en el cargos de los integrantes de los órganos de administración y fiscalizadión en la Provinica de Santa Fe y según Resolución 1/2021 de Inspección General de Personas Jurídicas se establece que la duración en el cargo de los
integrantes de los órganos colegiados de las personas jurídicas privadas,
incluidos los colegios y Consejos Profesionales, se cuentan a partir de su
designación y los designados permanecen en su cargo hasta ser reemplazados,
excepto cuando el estatuto contenga una disposición en contrario u otra
previsión específica, o cuando establezca una época determinada para la
realización de elecciones, en cuyo caso la duración podrá verse alterada.
Vigencia de la norma: a partir del 29/3/2021
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