La Resolución (SI) Nº 17/2018 publicada en el Boletín Oficial el día 6 de abril del año 2018 ha aprobado un nuevo procedimiento para solicitar los beneficios establecidos en el inciso e) del cuarto párrafo del Artículo 28 de la Ley de IVA aplicable por los fabricantes de los bienes listados en la Planilla Anexa al inciso mencionado.
Debe hacerse por la página de la AFIP, trámite: “Solicitud de saldo técnico de IVA para fabricantes de bienes de capital”.
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