sábado, 28 de abril de 2018

Modificación del plazo para solicitar beneficio MiPYMES y otros cambios


Se  ha modificado el plazo para la presentación de la declaración jurada de solicitud de beneficios, prevista en el decreto número  1101/2016, el cual se contará desde el primer día del cuarto mes posterior al cierre del ejercicio fiscal en el cual se hayan realizado las inversiones, hasta cinco días hábiles antes del vencimiento general que fije la AFIP para la presentación de la declaración jurada anual del impuesto a las ganancias.

Asimismo, se incluye, entre los datos a completar en el formulario de declaración jurada, pertinente la identificación precisa de los bienes de capital u obras de infraestructura por los que se solicita el beneficio..

La vigencia de esta resolución comienza con los ejercicios fiscales que cierran en el mes de diciembre de l año 2017.

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