Reemplaza a las Declaraciones Juradas Anticipadas de Importación y entrará en 
vigencia el miércoles 23 de diciembre. Propone favorecer “la competitividad y la facilitación del comercio exterior”.

 El principal objetivo de la nueva disposición es “el desarrollo de instrumentos que además de optimizar sus funciones específicas en materia aduanera,  favorezcan la competitividad y la facilitación del comercio exterior, sin perder de vista, los controles y la gestión de riesgo sobre las mercaderías”.
Según la medida, las declaraciones que se realicen a través del nuevo SIMI, "tendrán un plazo de validez de 180 días corridos, contados a partir de la fecha de su aprobación", mientras que los organismos responsables del control "deberán pronunciarse en un lapso no mayor a 10 días". En la reglamentación se agrega que “los plazos podrán ampliarse en aquellos casos en que la competencia específica del organismo adherente así lo amerite”.

Bajo este sistema de control, será la AFIP quien comunicará a los importadores las novedades producidas y, en su caso, las circunstancias que motivan las observaciones formuladas así como el organismo ante el cual deberán comparecer a los fines de su regularización, de corresponder.
El SIMI funcionará como reemplazo del actual mecanismo de las Declaraciones Juradas Anticipadas de Importación (DJAI), aunque estas últimas que hayan sido tramitadas con anterioridad no serán suspendidas ni pasarán al nuevo sistema, sino que "mantienen su vigencia", aclara el artículo 11 de la Resolución General Nº 3823. 
El Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones estará disponible en el sitio web la AFIP (www.afip.gob.ar)