viernes, 20 de febrero de 2015

SISTEMA INTEGRAL DE RETENCIONES ELECTRONICAS

SISTEMA INTEGRAL DE RETENCIONES ELECTRONICAS  ( SIRE)

Mediante el dictado de la RG afip 3726 
se habilita el  Sistema Integral de 
Retenciones Electrónicas (SIRE),
 que reemplazará al programa
 aplicativo denominado 
“SIJP - Retenciones y Percepciones”, 
y sustituirá posteriormente de 
manera progresiva al programa
 aplicativo denominado 
“SICORE SISTEMA DE
 CONTROL DE RETENCIONES”,

En esta primer etapa su utilización 
será obligatoria para los regímenes
de retención correspondientes al 
impuesto a las ganancias por
 rentas a beneficiarios del exterior
 y determinadas contribuciones
 de la seguridad social entre las 
que enumeramos, empresas
constructoras, servicios
 eventuales, servicios de 
 limpieza de inmuebles, empresas
 de seguridad entre otras.

El certificado de retención y/o
 percepción deberá emitirse 
a través del sitio web de la
 afip ingresando al servicio 
 “Sistema Integral de Retenciones 
Electrónicas  (SIRE)” el que
 generará el F.2003 para 
 retención ganancias beneficiarios
 del exterior o 
F 2004 retención /percepción
 de seguridad social, siendo 
estos los únicos comprobantes
 válidos  que acreditaran  la 
retención efectuada.

La determinación de la 
obligación tributaria y el envío
 de la ddjj F.996 (Seguridad 
 Social)   o
 F 997 (Impositiva) 
deberá generarse ingresando
 al servicio
 “Mis Aplicaciones Web” 
entendiendo que,  en dicha
 aplicación podrá visualizarse
la totalidad de los 
certificados emitidos totalizando los mismos a los fines de efectuar su  ingreso.-

Los vencimientos de la 
quincena operaran los mismo
s días en que vencen las 
quincenas del sicore dias 21 – 22 y 23
La ddjj y pago del saldo
 ( 2da quincena) los días 4 – 5 y 6 
del mes siguiente

La entrada en vigencia de la
presente norma fue establecida 
para las retenciones que se practiquen a partir del 1º de marzo de 2015

Códigos para el ingreso:

Seguridad social (pago a cuenta )     
– 027 – 027

(Saldo ddjj )  
 353 –736  - 736


Benef. del exterior
 ( pago a cuenta)  
218 – 027 – 027
 ( Saldo ddjj )     
   218 – 019 - 019     





                                                                                     

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