El Formulario 572web es obligatorio para los sujetos que:
a) Computen las percepciones por consumos efectuados en el exterior con tarjetas de crédito y/o débito y por compra de moneda extranjera.
b) Hayan obtenido ganancias brutas anuales iguales o superiores a $ 250.000 en el año calendario inmediato anterior (2012) al que se declara.
c) Cuando el empleador, por razones administrativas, así lo ha dispuesto.
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