miércoles, 15 de enero de 2014

Presentación de Estados contables de sociedades por acciones, renovación de la firma digital, nueva versión del aplicativo

Inspección General de Justicia. Actualización del aplicativo de Balances

El día 15 de enero de 2014 vence la firma 2013 para el aplicativo de carga de asambleas y balances SITIGJ. Para renovar la firma digital deberán eliminarse las versiones anteriores del aplicativo de la PC y luego proceder a descargar la nueva versión. 

Inspección General de Justicia
SOCIEDADES COMERCIALES
Resolución General 11/2005
Presentación de los estados contables de sociedades por acciones no comprendidas en el artículo 299 de la Ley Nº 19.550, cuyo cierre se produzca desde el 31 de mayo de 2006 en adelante. Procedimiento.
Bs. As., 16/12/2005 (BO. 21/12/2005)

VISTO la situación actual de la presentación de estados contables ante esta INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, y

 EL SUBINSPECTOR GENERAL DE JUSTICIA (int.) A CARGO DE LA INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA RESUELVE:
Artículo 1º — Los estados contables de sociedades por acciones no comprendidas en el artículo 299 de la Ley Nº 19.550, cuyo cierre se produzca desde el día 31 de mayo de 2006 en adelante, y la documentación e información relacionadas, deberán presentarse obligatoriamente, a partir de esa fecha, en la forma que se establece en la presente resolución.
Art. 2ºLos estados contables cerrados con anterioridad y pendientes de presentación a la misma fecha, ya sea que se encuentren o no vencidos los plazos legales y reglamentarios aplicables, podrán a opción de las sociedades ser presentados en la misma forma, o bien en soporte papel de acuerdo con la normativa actualmente vigente.
Art. 3º — Las presentaciones deberán efectuarse mediante “diskette” o “compact disc” generado por el programa aplicativo que proveerá la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, sin perjuicio de la factibilidad, en el futuro, del empleo de otro soporte alternativo o sustitutivo de aquellos, que se disponga especialmente.
El mencionado programa será puesto a disposición del público, a través del sitio de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA en la página web del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, con no menos de treinta (30) días corridos de anticipación a la fecha indicada en el artículo 1º.
Art. 4ºLa presentación del diskette o compact disc deberá efectuarse en la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, acompañada del formulario de actuación correspondiente (Formulario Nº 2 aprobado por Resolución S.J. Nº 166/87) y de la declaración jurada y certificación —cuyo texto también se pondrá a disposición de los interesados por el medio y en la oportunidad indicados en el artículo anterior—, ambos por duplicado. Oportunamente podrá autorizarse que la presentación sea efectuada, a opción del interesado, en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La declaración jurada debidamente completada e integrada con la certificación del profesional de ciencias económicas interviniente —con la firma de éste legalizada—, garantizará bajo la responsabilidad de quienes la suscriban, que el contenido del soporte digital se corresponde fielmente con la transcripción en los libros sociales, debidamente efectuada e individualizada, de la documentación correspondiente.
En el momento de la presentación, se procederá a la verificación de los recaudos de validación digital de la información entregada. De hallarse ello conforme, la información quedará incorporada al sistema informático y se sellarán y devolverán los duplicados del formulario de actuación y declaración jurada antes indicados, como constancia de cumplimiento.
De comprobarse errores, inconsistencias, empleo de un programa diferente al provisto, virus o la presencia de archivos defectuosos, la presentación será rechazada, generándose una constancia de tal situación que se entregará al interesado, restituyéndosele el soporte magnético y el formulario y la declaración jurada. El formulario de actuación podrá ser utilizado en la ulterior presentación en debida forma, que se efectúe después de subsanados los defectos que ocasionaron su rechazo.

E 15 de enero vence la firma 2013-

Ver link:  http://www.jus.gob.ar/igj/servicios-en-linea/servicios-disponibles/balances.aspx

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