LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:Artículo 1° — Sustitúyense los incisos a) y b) y
el primer párrafo
del inciso c) del Artículo 23 de la Ley de
Impuesto a las Ganancias
T.O. 1997 y sus modificaciones, por los
siguientes:
“a) en concepto de ganancias no
imponibles, la suma de PESOS QUINCE
MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS ($ 15.552),
siempre que sean residentes
en el país;” el año entradas netas superioresa PESOS QUINCE MIL QUINIENTOS
CINCUENTA Y DOS ($ 15.552), cualquiera sea
su origen y estén o no
sujetas al impuesto:1) PESOS DIECISIETE MIL
DOSCIENTOS OCHENTA ($ 17.280) anuales por
el cónyuge;2) PESOS OCHO MIL SEISCIENTOS
CUARENTA ($ 8.640) anuales por cada
hijo, h “b) en concepto de cargas de familia, siempre
que las personas
que se indican sean residentes en el país,
estén a cargo del
contribuyente y no tengan e nija, hijastro o hijastra menor de VEINTICUATRO
(24) años o
incapacitado para el trabajo; ecta (nieto, nieta, bisnieto o bisnieta) menor
de VEINTICUATRO
(24) años o incapacitado para el trabajo; por
cada ascendiente
(padre, madre, abuelo, abuela, bisabuelo,
bisabuela, padrastro
y madrastra); por cada hermano o hermana menor
de VEINTICUATRO (24)
años o incapacitado para el trabajo; por el
suegro, por la suegra;
por cada yerno o nuera menor de VEINTICUATRO
(24) años o incapacitado
para el trabajo.Las deducciones de este inciso
sólo podrán efectuarlas el o los
parientes más cercanos qu 3) PESOS SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA
($ 6.480) anuales por cada
descendiente en línea re tengan ganancias imponibles;” cial, hasta la suma de PESOS QUINCE MIL
QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS
($ 15.552), cuando se trate de ganancias
netas comprendidas en el
artículo 49, siempre que trabajen personalmente
en la actividad o
empresa y de ganancias netas incluidas
en el artículo 79.” “c) en concepto de deducción esp e
Art. 2° — Lo dispuesto en el artículo
anterior tendrá efectos a
partir del 1 de marzo de 2013, inclusive.
Opinión Profesional: temas tributarios, societarios,gerenciamiento, normativa legal,de interés para profesionales y estudiantes en Cs. Económicas,abogados y empresas argentinas, especialmente Pymes y empresas familiares.
martes, 5 de marzo de 2013
Se publicò en el BO el decreto con el 20% de incremento en las deducciones del Impuesto a las Ganancias
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