La AFIP dejó a 10.582 productores de granos fuera del registro de operadores
De un total de 60.000 sujetos del Registro –55.000 de ellos productores agropecuarios–, la AFIP excluyó desde enero a 10.582 inscriptos. Por incumplimiento de la obligación de presentar declaraciones juradas de impuestos y de carácter informativa, hubo 6665 bajas; otras 2962 se debieron a falta de habitualidad –no registraron movimientos por más de 18 meses– y solo 955 derivaron de acciones de fiscalización sobre la actividad real de los operadores.
Se justificó en incumplimientos en la presentación a tiempo de declaraciones
La AFIP dejó a 10.582 productores de granos fuera del registro de operadores
La exclusión del Registro de Operadores tiene altos costos por retenciones de IVA y Ganancias. Los ruralistas piden explicaciones a Domínguez
La AFIP excluyó de manera masiva durante este año a productores agropecuarios del Registro de Operadores de Granos, lo que les acarrea fuertes costos impositivos y dificultades para operar.
De un total de 60.000 sujetos del Registro –55.000 de ellos, productores agropecuarios–, la AFIP excluyó desde enero a 10.582 inscriptos. Por incumplimiento de la obligación de presentar declaraciones juradas de impuestos y de carácter informativa, hubo 6.665 bajas; otras 2.962 se debieron a falta de habitualidad –no registraron movimientos por más de 18 meses– y solo 955 derivaron de acciones de fiscalización sobre la actividad real de los operadores, informaron a El Cronista fuentes de la AFIP...
Cada vez que los sistemas de la AFIP detectan un incumplimiento, suspenden automáticamente del Registro a los productores durante 60 días, y cuando se cumple ese plazo, si no se regularizó la situación, se lo excluye de manera definitiva.
Un régimen de retención castiga a quienes están suspendidos del Registro de Operadores de Granos, sancionándolos con la retención total del IVA del 10,5% sin posibilidad de devolución sistemática, lo que sí está previsto para quienes están habilitados.
Además, los acopiadores que operen con los sujetos suspendidos en el Registro deberán obligatoriamente depositar ese monto prohibiéndoles su compensación, siendo ese el motivo principal para que el productor quede marginado del mercado...En el Impuesto a las Ganancias, los productores suspendidos del Registro sufren también una retención del 15% sobre la venta total. Si bien los saldos favorables al contribuyente podrían utilizarse para cancelar otros impuestos, en los hechos esto no es factible ante la inexistencia de otras obligaciones de AFIP a las cuales aplicarlos. La única alternativa vigente es transferir a terceros el crédito, lo que en la práctica es complejo y puede con frecuencia resultar antieconómico....
Fuente: El Cronista - Dolores Olveira
Opinión Profesional: temas tributarios, societarios,gerenciamiento, normativa legal,de interés para profesionales y estudiantes en Cs. Económicas,abogados y empresas argentinas, especialmente Pymes y empresas familiares.
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