miércoles, 18 de agosto de 2010

La Justicia prohibió a los bancos brindar información de clientes

Justicia prohibió a los bancos brindar información de clientes


Consideró al habeas data como una “eficaz herramienta contra el abuso del fisco" en una causa contra ARBA. El usuario sufría retenciones en su cuenta


La Justicia aplicó el habeas data -en una causa contra ARBA- para prohibir la difusión y cesión de los datos del contribuyente a terceros, particularmente a las entidades bancarias a las que se les había ordenado retener el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.



La sentencia de Juzgado Federal de Rawson en el caso “Materiales Sur S.A. c/ ARBA”, admitió la acción de habeas data para controlar los datos personales que obran en los registros de los fiscos, explicó Diego Fraga, profesor de Derecho Tributario de la Universidad Austral, tal como publica El Cronista en su edición de hoy.

La sentencia limitó la actividad extraterritorial de la agencia que encabeza Martín Di Bella, en sintonía con fallos de otras provincias.

En esta oportunidad, la decisión judicial resuelve la situación de un contribuyente de Puerto Madryn (Chubut), que comenzó a sufrir retenciones en sus cuentas bancarias por disposición de ARBA, en razón de sus operaciones con sujetos de la provincia de Buenos Aires.

Luego de solicitar explicaciones mediante cartas documento, respecto de su calificación como contribuyente de dicha jurisdicción, sin recibir respuesta, la empresa interpuso la acción ante la Justicia federal, expresó Fraga.

La Ley 25.326 receptó el habeas data y reguló el funcionamiento de bases de datos, así como las pautas que deben seguir para la recolección y protección de la información. También previó un sistema de sanciones penales y administrativas.

Según dichas normas, los titulares de los datos pueden tomar conocimiento de aquellos que obran en registros públicos o privados y, en caso de falsedad o discriminación, exigir su supresión, rectificación, confidencialidad o actualización.

Tal como surge de El Cronista, los fiscos rechazan la aplicación de estos preceptos sobre sus registros. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia, en el caso “Empresa de Combustible Zona Común S.A.” (7/04/2009) admitió –aunque el fallo fue contrario al contribuyente– que las normas sobre protección de datos personales le resultan aplicables al fisco, salvo supuestos excepcionales.

La Justicia Federal de Rawson, teniendo en cuenta este antecedente, consideró al habeas data como una “eficaz herramienta contra el abuso del fisco” e hizo lugar a la demanda. De este modo, ordenó rectificar la situación fiscal del accionante y prohibió la difusión y cesión de sus datos a terceros, particularmente a las entidades bancarias a las que se les había ordenado retener, concluyó Fraga en declaraciones al matutino.


fuente: infobaeprofesional

No hay comentarios:

Modificaciones mínimos diversos Regímenes de Información Resolución 5362/2023

La Resolución General 5362/2023   incrementa  los importes en diversos régimen de información a partir por el cual se deben informar opera...