jueves, 8 de julio de 2010

obligatoriedad exportadores factura electrónica

Artículo 1º — La obligación de emitir comprobantes electrónicos originales, dispuesta por la Resolución General Nº 2758 y su modificatoria, para respaldar las operaciones comprendidas en el subrégimen denominado “REMO - Guía de Removido - EXPCON”, con destino a las áreas definidas por la Ley Nº 19.640 y sus modificaciones, regirá a partir del 1 de octubre de 2010, inclusive.
Art. 2º — Hasta el 30 de septiembre de 2010, inclusive, las operaciones indicadas en el artículo anterior se documentarán mediante la emisión y entrega del comprobante respectivo, de acuerdo con lo establecido en las Resoluciones Generales Nº 100 y Nº 1415, sus respectivas modificatorias y complementarias.

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