Resolución General 2884/2010-AFIP
Prorrogan la implementación de la obligatoriedad de la emisión Factura Electrónica por parte proveedores del Estado (Proveedores de la Administración Nacional. RG de la AFIP Nº 2856 y para los sujetos incluidos en el régimen de incentivo a la fabricación de motocicletas y motopartes
Se establece que la incorporación al régimen de emisión de comprobantes electrónicos deberá realizarse a partir del 1/9/2010, y la emisión de las facturas electrónicas resulta obligatoria para las operaciones que se efectúen desde el 1/11/2010.
Transcribo a continuación el artículo primero de la Resolución General:
Artículo 1º — Los sujetos alcanzados por las disposiciones establecidas en las Resoluciones Generales Nros. 2852, 2853 y 2861, a los fines de cumplir con las obligaciones previstas en las mismas, deberán observar los plazos que se fijan, para cada caso, a continuación:
a) Solicitud de incorporación al régimen: a partir del día 1 de septiembre de 2010, inclusive.
b) Solicitud de autorización para la emisión de comprobantes: para las operaciones que se efectúen a partir del día 1 de noviembre de 2010, inclusive.
c) La incorporación prevista en el punto 1. del Artículo 1º de la Resolución General Nº 2852: a partir del día 1 de septiembre de 2010, inclusive.
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