miércoles, 6 de enero de 2010

Principales cambios al inicio del 2010 en AFIP: autos usados, tarjetas de crédito y Monotributo

La AFIP arranca el año con la mira puesta en autos usados y gastos con tarjeta

Ya es obligatorio el Certificado de Transferencia de Automotores online que se implementaráde manera escalonada hasta alcanzar a las operaciones de más de $30.000. También entró en vigencia el nuevo Monotributo y el flamante régimen que apunta a quienes gasten más de $3.000 mensuales a través de tarjetas de créditos y débitos, mediante un nuevo régimen de informaicón de las entidades que las emiten

Se encuentra en plena vigencia el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) online que deberá utilizarse obligatoriamente al momento de transferir un vehículo de segunda mano.

La implementación del nuevo mecanismo se hará de manera escalonada: a partir de este mes abarca sólo a las operaciones mayores a $50.000, para luego obligar a las transacciones de más de $40.000 (desde mayo próximo). El esquema finalizará en
agosto de este año al alcanzar a las ventas por más de 30.000 peso

Así las compañías administradoras de sistemas de tarjeta de crédito deberán informar mensualmente en detalle:

•Los locales adheridos.


•Las operaciones canceladas mediante la utilización de tarjetas de crédito, débito y/o compra.


•Los plásticos emitidos tanto en el país como en el exterior.
Una vez analizados los datos aportados, el fisco nacional podrá confrontar el nivel de vida que surge de los consumos informados contra lo declarado en el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales. El cruce de datos permitirá disparar inspecciones al detectar incongruencias-

En cuanto a las operaciones de autos usados,cuando esta se realice por intermedio de concesionarios o comerciantes que se encuentran registrados ante la AFIP en el Registro de Operaciones de Compraventa de Automotores y Motovehículos Usados, serán estos los responsables de la obtención del CETA, lo que libera al titular del vehículo de cumplir con esta obligación.

La medida se implementa de manera escalonada. A tal fin, la AFIP estableció el siguiente cronograma de implementación de acuerdo al monto de la venta del vehículo:


Por lo tanto, el control que arranca con las operaciones mayores a $50.000 en enero, alcanzará a todas las transacciones de más de $30.000 desde agosto de 2010.

Respecto a los locales y comercios adheridos a la red de tarjetas, el fisco nacional requiere –entre otros datos- lo siguiente:

•Apellido y nombres, denominación o razón social.


•Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).


•Domicilio.


•Situación frente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).


•Rubro o actividad.


•CUIT de la entidad financiera pagadora.

En relación al detalle de los consumos, las empresas emisoras de plásticos deberán suministrar los datos “cuando la sumatoria de las operaciones canceladas con las tarjetas utilizadas por cada titular, más las utilizadas por usuarios, titulares adicionales y/o beneficiarios de extensiones sea igual o superior a $ 3.000 mensuales”.

Asimismo, el nuevo régimen obliga a detallar, en relación con los titulares de las tarjetas de crédito y de compra emitidas en el país, lo siguiente:

•Apellido y nombres, denominación o razón social.


•Tipo y número de documento.


•Número de tarjeta o de cuenta.


•Domicilio.


•Cantidad de tarjetas adicionales extendidas.


•CUIT de la entidad financiera emisora.


•Monto total de los consumos realizados por el titular y los adicionales de la respectiva tarjeta.
De tratarse de titulares de tarjetas de crédito emitidas en el exterior, la AFIP también solicitará:

•CUIT del país al que pertenece la entidad financiera emisora.


•CUIT del o de los comercios en los cuales se realizaron las operaciones.

En lo que respeta las modificaciones al Monotibuto, aparte de las expresadasen or¡tros post, debemos añadir queotra parte, el nuevo esquema de tributación establece un control más estricto de gastos e ingresos.

En lo referente a la facturación, los pequeños contribuyentes ubicados en las categorías más altas- deberán evaluar diariamente si no superan los nuevos límites de ingresos anuales.

Por lo que quienes se encuentren en el borde de las escalas del renovado esquema tendrán que estar atentos a que cada factura que emitan no los expulse del Monotributo. El nuevo Monotributo impone a contribuyentes un control diario de facturación)

En materia de gastos, el nuevo régimen simplificado dejará afuera a los profesionales que gasten más de $6.666 mensuales.Es decir, los prestadores de servicios que facturen entre $144.000 y $200.000 no podrán tener egresos anuales por más de $80.000. Este límite equivale al 40% de ingresos de la última categoría prevista en el nuevo esquema de tributación.

La modificación también alcanza al caso de venta de bienes, en cuyo caso el tope en cuestión es del 80% de los ingresos brutos máximos.

Como contrapartida, el fisco nacional congeló por cinco meses más la puesta en marcha de las retenciones en el IVA y en Ganancias que alcanzará a los monotributistas.

Por lo tanto, los pequeños contribuyentes comenzarán a soportar pagos a cuenta de hasta 35% recién a partir del 1º de mayo próximo.

en relación a la magnitud del pago a cuenta, la AFIP estableció una alícuota del 35% en Ganancias y del 21% en IVA.

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