sábado, 5 de septiembre de 2009

Trámite a realizar para poder instalar una agencia de turismo

Licencia Provisoria para agencias de viajes

Deben inscribirse en la Secretaría de Turismo, todas las personas físicas o jurídicas que, con o sin fines de lucro, realicen en el territorio nacional, actividades vinculadas a la prestación de servicios turísticos.

Para desarrollar sus acciones las Agencias de Viajes deben inscribirse en el registro respectivo y obtener su LICENCIA HABILITANTE, la cual es otorgada con el siguiente orden:
a) PERMISO PRECARIO (AGENCIAS): se otorga a las personas o firmas que proyecten instalar una Agencia una vez cumplidos los requisitos establecidos. CONSULTAR TRAMITE PERMISO PRECARIO
b) LICENCIA PROVISORIA: se concede una vez que la Agencia se encuentra en condiciones reglamentarias de iniciar sus actividades.
c) HABILITACIÓN DEFINITIVA: transcurrido el año de vigencia de la Licencia Provisoria se otorga a las Agencias la Licencia Definitiva. CONSULTAR TRAMITE HABILITACION DEFINITIVA

Se podrá iniciar el trámite para la obtención de la licencia provisoria sólo dentro del plazo otorgado por el Permiso Precario o su renovación. La licencia provisoria se otorgará mediante el dictado de una Disposición.
Hasta tanto no tenga en su poder dicha Disposición, el futuro agente de viajes no podrá:
- Atender al público usuario.
- Comercializar ningún tipo de servicio turístico.
- Transferir el Permiso Precario.
- Transferir la solicitud de Licencia Provisoria.
- Cambiar de designación comercial y/o categoría.
- Publicitar/promocionar su futura agencia y/o servicios a brindar

Una vez obtenida la Disposición Habilitante, será obligatorio señalar en toda la papelería comercial que se utilice:
1.- Designación Comercial Otorgada.
2.- Tipo de Categoría (EVT - AT - AP).
3.– Número de Legajo correspondiente.
4.- Número de la Disposición Habilitante.


Qué documentación se debe presentar. Requisitos
1.- Solicitud de Licencia Provisoria, (original y copia). Se puede bajar el Formulario en: http://www.turismo.gov.ar/esp/drst/instagencias/nuevasagencias/formlprov.htm
2.- Fotocopia del Permiso Precario y de la renovación si la hubiera.
3.- Declaración Jurada tipo “C”. Se puede bajar el Formulario de Declaración Jurada tipo “C” en: http://www.turismo.gov.ar/esp/drst/instagencias/nuevasagencias/formddjj.htm
4.- Declaración Jurada. Se puede bajar el Formulario de Declaración Jurada en: http://www.turismo.gov.ar/esp/drst/instagencias/nuevasagencias/ddjj.htm
5.- Domicilio Constituído. Se puede bajar el Formulario modelo en: http://www.turismo.gov.ar/esp/drst/instagencias/nuevasagencias/formdomc.htm
6.-
a) Si se trata de una sociedad legalmente constituida: COPIA AUTENTICADA del Contrato Social y sus modificaciones inscripto en la Inspección General de Justicia o Registro Público de Comercio.
b) Si se trata de una firma unipersonal o una Sociedad de Hecho: COPIA AUTENTICADA de la inscripción del o los titulares en el Registro Público de Comercio.

El objeto social deberá contemplar lo estipulado por el Artículo 1º de la Ley 18829. La ampliatoria del mismo en Sociedades ya constituidas deberá ser inscripta en la Inspección General de Justicia o Registro Público de Comercio, al igual que las últimas actas de Asamblea donde se designa el actual directorio en las S.A.

NOTA:
Dicha inscripción deberá realizarse en el rubro de "AGENTES DE VIAJES, atento lo determinado en el Art. 25 del Código de comercio, que se transcribe: "Para gozar de la protección que este Código acuerda al comercio y a la persona de los comerciantes, deben estos matricularse en el Tribunal de Comercio de su domicilio, si no hubiere allí Tribunal de Comercio, la matrícula se verificará en el Juzgado de Paz respectivo".
7.- Formulario de Inscripción en AFIP e inscripción o comprobante del último pago de jubilación (SUSS).
8.- Nota presentación y aceptación de la persona que tendrá a su cargo las tareas técnicas de la agencia y declaración jurada Res. 752/94 S.T.
Se puede bajar el Formulario Nota Presentación y Constancia de Aceptación del Representante Técnico en: http://www.turismo.gov.ar/esp/drst/instagencias/nuevasagencias/formreptec.htm
9.- Certificado extendido por el Registro de Idóneos en Turismo y comprobante del último pago.
10.- Planilla de datos personales. Se puede bajar el modelo del Formulario Planilla de Datos Personales (para la Dirección Nacional de Gestión de Calidad Turística) en: http://www.turismo.gov.ar/esp/drst/instagencias/nuevasagencias/formdatospers.htm
11.- Declaración Jurada Art. 7º Dec. 2182/72.
Se puede bajar el modelo del Formulario Declaración Jurada del Artículo 7° en: http://www.turismo.gov.ar/esp/drst/instagencias/nuevasagencias/formart7.htm
12.- Certificado policial de domicilio particular de todos.
13.- Domicilio Constituido de todos.
Se puede bajar el modelo del Formulario Domicilio Constituido en: http://www.turismo.gov.ar/esp/drst/instagencias/nuevasagencias/formdomc.htm
14.- Certificado de Antecedentes Penales extendido por la Dirección General del Registro de Reincidencia y Estadística Criminal (RNR). CONSULTAR EN TRAMITES DE REINCIDENCIA.
15.- Fondo de Garantía de acuerdo a la categoría elegida y la ubicación geográfica de la agencia según directivas adjuntas.
Se puede consultar las formas de constitución de un fondo de garantías en: http://www.turismo.gov.ar/esp/drst/instagencias/nuevasagencias/fdogtia.htm
16.- Según corresponda, fotocopia del contrato de locación, título de propiedad o comodato, en este último caso acompañar además título de propiedad (del local donde operará la agencia).
17.- Croquis y fotos del local donde operará la agencia.

NOTA:
Para agencias que se encuentren a más de 40 km. del Km. 0 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El croquis deberá indicar las medidas del local y su distribución interna. Las fotografías deberán ser en colores y reflejar la totalidad de los ambientes con los que cuenta el local, incluyendo el acceso al mismo. Estas fotos deben mostrar el local terminado y decorado como para iniciar sus actividades. Al dorso de las mismas deberá aclarar bajo juramento la dirección y Designación Comercial en la que operará, como así también el ambiente al que pertenece firmada por el o los titulares.
18.- Fotocopia de Habilitación Municipal.
19.- Se deberá presentar conjuntamente con la documentación requerida Libro de Actas foliado que será habilitado por esta Dirección Nacional como Libro de Reclamaciones e Inspecciones.

IMPORTANTE : LOS PUNTOS 10,11,12,13 y 14 DEBERAN SER CUMPLIMENTADOS POR TODOS LOS TITULARES Y EL REPRESENTANTE TÉCNICO.

NOTA:
a) Todas las copias de documentos que sean presentadas o remitidas, deberán ser autenticadas ante escribano público. Con excepción de los contratos de locación, títulos de propiedad y/o comodatos que se presentarán original y una copia simple para su verificación en el Organismo.
b) Todos los Formularios o Textos Modelos, deberán ser transcriptos y cumplimentados en su totalidad, debiendo insertar la leyenda "no poseo", "no corresponde", etc. en cada caso. La falta de datos provocará el rechazo de la documentación.


Cómo se hace
1.- Presentar la documentación personalmente o remitirla por correo postal a la Dirección Nacional de Gestión de Calidad Turística, según las indicaciones dadas.La recepción o acuse recibo de la documentación presentada o remitida, no significa la aceptación de la misma, ya que ésta es sometida a un proceso de verificación y análisis que puede exigir un posterior perfeccionamiento de la misma. La documentación remitida por correspondencia que no reúna las condiciones indicadas en el punto 1º, será devuelta.
2.- Abonar el arancel correspondiente.
3.- Obtención de la Licencia Provisoria.


Cuánto vale
El costo del trámite es de $600.-
Se debe abonar en la Dirección Nacional de Gestión de Calidad Turística.
Horario de Tesorería: días hábiles de 10:00 a 13:00 y de 14:00 a 16:00.

Facilidades de Pago:
- En efectivo.
- Cheque.
- Giro postal o bancario a la orden de SECRETARIA DE TURISMO
- Depósito en la cuenta de la Secretaría de Turismo:
Banco Nación, sucursal Plaza de Mayo,
N° de cuenta: 2617/74


Quién puede/debe efectuarlo
El titular de la Agencia de Viaje o un tercero autorizado mediante poder.


Cuándo es necesario realizarlo
Antes del vencimiento del Permiso Precario o Renovación del mismo.


Qué vigencia tiene el documento tramitado
La Disposición Habilitante tendrá validez por sólo un año, contando a partir de la fecha impresa en la misma.
Treinta días antes de la fecha de vencimiento de la Licencia Provisoria se deberá solicitar por escrito la obtención de la Licencia Definitiva.


Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo
Debería asistir DOS veces al organismo:
1.- Presentar la documentación requerida y abono del arancel correspondiente.
2.- Obtener la Licencia Provisoria.
Si el trámite se inicia por correo postal, la licencia se remite por la misma vía.


De qué organismo depende
Secretaría de Turismo de la Nación (SECTUR).


Tiempo desde la solicitud hasta la entrega
Plazo estimado de otorgamiento de la Licencia Provisoria con la documentación correcta y completa: 10 días hábiles.


Dónde se puede realizar
Departamento Registro de Agentes de Viajes, Dirección Nacional de Gestión de Calidad Turística.


Delegaciones en las cuales realizar el trámite

•Dirección Nacional de Gestión de Calidad Turística
•Trámites por Correo Postal

Fuente: www.argentina.gov.ar (portal oficial del gobierno de la República Argentina)

1 comentario:

Pablo dijo...

Hola que tal me gustaria recibir información sobre trámites societarios mas que nada lo referido a constitucion de sociedades comerciales tipo sociedad de responsabilidad limitada y sociedades anonimas. Que trámites serían necesarios para constituir una sociedad y si es posible a que precio
Vi algo de información en el sitio
http://www.sociedadeslegales.com.ar/tramites-societarios.html

pero me gustaría asesorarme mas sobre tramites societarios en general: trámites ante IGJ, tramites en Rentas o AFIP, gestiones bancarias, etc

Desde ya muchas gracias

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