sábado, 16 de mayo de 2009

Recategorización de autónomos en junio_críticas

En junio, los trabajadores autónomos deberán recategorizarse ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), en base
al monto total de ingresos registrado en 2008. Se considera que si no se recategoriza está ratificando la categoría en la que se encuentra.
Los contribuyentes tendrán que encuadrarse de acuerdo al siguiente esquema:
Categoría I. Aporte mensual de 142,96 pesos:
Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros con ingresos anuales hasta $20 mil.
Comerciantes con ingresos anuales hasta $25 mil.
Aquellos que adhieran voluntariamente al sistema previsional.
Categoría II. Aporte mensual de 200,14 pesos:
Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros que superen como ingresos anuales los $20 mil.
Comerciantes con ingresos anuales superiores a 25 mil pesos.
Categoría III. Aporte mensual de 285,93 pesos:
Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos anuales inferiores o iguales a 15.000 pesos.
Categoría IV. Aporte mensual de 457,48 pesos:
Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos entre $15.001 y $30.000, inclusive.
Categoría V. Aporte mensual de 629,04 pesos
Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos superiores a los 30.000 pesos.

Críticas:
Si bien los aportes mensuales se han actualizado, los ingresos brutos están inmovilizados desde el año 2006, a pesar de la inflación que habido en nuestro país en este período. La FACPCE considera que el incremento por este concepto sería de un 60%.
Otra crítica que se hace, y con razón es el hecho que dentro de los ingresos brutos debe considerarse los dividendos de las sociedades anónimas, los montos recibidos por alquileres y por colocadión de dinero en plazos fijos, toda vez que estos ingresos no provienen de la actividad del contribuyente, sino de la inversión que realizó con el dinero que obtuvo de ella, es decir que de algún modo se está castigando a quienes realizan determinado tipo de inversión con su renta.
Finalmente cabe decir que en en determinados rubros en lo que va del año 2009 hubo importante baja en los ingresos, producto de la recesión mundial y la desaceleración de la economía nacional. Esto hecho no se verá reflejado al momento de la recategorización, ya que se toman los ingresos de 2008,

No hay comentarios:

Modificaciones mínimos diversos Regímenes de Información Resolución 5362/2023

La Resolución General 5362/2023   incrementa  los importes en diversos régimen de información a partir por el cual se deben informar opera...