viernes, 25 de febrero de 2022

Qué donaciones son deducibles en el impuesto a las ganancias

Norma legal:  Ley Imp. Ganancias art. 26 ; art 85 inc. c) y RG 2681 )

 

DONACIONES DEDUCIBLES EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS

 

DESTINATARIOS DE LAS DONACIONES:

 

1.) Fisco Nacional, Provincial o Municipal

     El beneficio de la deducción se extiende tanto a las donaciones hechas al propio estado en cualquiera de sus esferas, de fondos destinados a engrosar de modo general los respectivos presupuestos, como los abonados a determinadas instituciones del mismo con individualidad financiera o autarquía institucionales.

 

2.) Fondo partidario permanente

     Depende del Ministerio del Interior y está destinado a garantizar el normal funcionamiento de los partidos políticos, fue creado por ley 25600.

 

3.) Instituciones Religiosas.

 

4.) Asociaciones, fundaciones y entidades civiles cuyo objetivo sea la:

 

** Realización de obra medico-asistencial de beneficencia sin fines de lucro, incluidas las actividades de cuidado y protección de la infancia, vejez, minusvalía y discapacidad.

 

** Investigación científica y tecnológica, aún cuando la misma este destinada a la actividad académica o docente y cuenten con una certificación de calificación respecto de los programas de investigación, de los investigadores y del personal de apoyo que participen en los correspondientes programas, extendida por la Secretaría de Ciencia y Tecnología.

 

**  La investigación científica sobre cuestiones económicas, políticas y sociales orientadas al desarrollo de los planes de partidos políticos.

 

** La actividad educativa sistemática y de grado para el otorgamiento de títulos reconocidos oficialmente por el Ministerio de Cultura y Educación, como asimismo la promoción de valores culturales, mediante el auspicio, subvención, dictado o mantenimiento de cursos gratuitos prestados en establecimientos educacionales públicos o privados reconocidos por los Ministerios de Educación o similares, de las respectivas jurisdicciones.

 

Las donaciones no comprendidas en los puntos mencionados no son deducibles Art, 88 inc. i

 

 

REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LAS ENTIDADES MENCIONADAS EN 3.) Y 4.)

 

- Deben encontrarse empadronadas en el Registro de Entidades Exentas, cuya admisibilidad es publicada en la página de la Afip, entregándose además a la entidad un certificado de exención a plazo ( F.709) suscripto por el Juez Administrativo, que servirá para que el donante valide la deducción en el impuesto a las ganancias de dichas donaciones.

 

- Los donantes, deberán verificar en la página de la afip, cada vez que efectúen una operación con alguna institución exenta, la vigencia de la condición de la institución e imprimir el reporte, el que deberá conservarse en archivo ordenado en forma cronológica. La referida documentación acreditará el beneficio de la deducción en el impuesto a las ganancias, del importe de las donaciones efectuadas.

 

 

 

 

FORMA DE DOCUMENTAR LA DONACION

 

- Las donaciones en dinero deben efectuarse mediante depósito bancario a nombre del donatario, recomendamos hacer firmar el comprobante de depósito al donatario como constancia.

 

- Para el supuesto de donaciones en especie, nada dicen las disposiciones, solo que deberán valuarse por su valor de costo, pero entendemos que deberá documentarse debidamente a los fines de evitar futuros cuestionamientos.

 

MONTO DEDUCIBLE (como un gasto mas ) EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS

 

Se determinará considerando el monto de la donación efectuada, no pudiendo el monto de la deducción superar el 5 % de la ganancia neta del ejercicio. El cálculo del aludido porcentaje se efectuará antes de deducir la donación y los quebrantos acumulados que pudieren existir.

 

REGIMEN DE INFORMACION DE LAS DONACIONES EFECTUADAS

 

Los donantes, a los fines de validar las donaciones efectuadas, deberán en oportunidad de la presentación de la ddjj del impuesto a las ganancias, informar el detalle de las donaciones efectuadas en el mismo aplicativo que se utiliza para la liquidacion del impuesto a las ganancias ; para el caso de donaciones en efectivo deberá informarse el monto de la donación, la cuit de la donataria y la CBU de la cuenta bancaria donde se efectuó el depósito;  para el caso de donaciones en especie se deberan agregar los datos identificatorios de los bienes donados.

 

 

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