La moratoria 2020 incluye a los monotributistas que posean deuda con AFIP siempre y cuando tramiten y obtengan el certificado MiPyME que otorga la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa (SEPyME).
Los monotributistas dados de baja por falta de pago están pudiendo solicitar y obtener el certificado MiPyME que les permite ingresar a la moratoria aprobada por ley 27541.
Es de destacar que la totalidad de la deuda que mantengan los pequeños contribuyentes no podrá ser financiada a través de los planes de pago previstos en la RG 4667. Esto como consecuencia del inciso d) del artículo 3° de la mencionada resolución general del fisco.
Los monotributistas dados de baja por falta de pago están pudiendo solicitar y obtener el certificado MiPyME que les permite ingresar a la moratoria aprobada por ley 27541.
Es de destacar que la totalidad de la deuda que mantengan los pequeños contribuyentes no podrá ser financiada a través de los planes de pago previstos en la RG 4667. Esto como consecuencia del inciso d) del artículo 3° de la mencionada resolución general del fisco.
Fuente; iprofesional.
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