La AFIP ha extendido el plazo para que los contribuyentes puedan adherir al plan de pagos para cancelar el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales. Ahora se puede realizar hasta el 31 de julio de 2018 inclusive.
Se podrá incluir el saldo de impuesto resultante de la declaración jurada, en el Plan de Facilidades de Pago RG 4057, aún cuando no hayan presentado la Declaración Jurada Determinativa del Impuesto a los Bienes Personales y Ganancias.
Para confeccionar el plan, debe ingresarse al servicio “Mis Facilidades”, “Validación de Deuda” y cargar en forma manual los datos relacionados a las obligación/es a incluir. Finalmente proceder a generar el plan de pago.
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