La AFIP estableció cambios en el régimen de emisión de facturas de los
monotributistas mediante la RESOLUCIÓN N| 4053-E.
Este cambio afecta a quienes tenían facturas impresas antes del 1 de noviembre
de 2014. Estas facturas impresas podrán ser utilizadas hasta el 31 de mayo
de 2017.
Los comprobantes que quedaren en existencia, deberán ser inutilizados
con la leyenda 'ANULADO' y deberán guardarse como comprobantes.
De este modo, los monotributistas A a E quedan obligados a pedir el Código
de Autorización de Impresión (CAI) para imprimir facturas, de acuerdo a
lo previsto en la Resolución General N° 3.665, es decir, solicitar por
vía web a la AFIP el "Código de Autorización de Impresión" (CAI) cuando
solicitan facturas en las imprentas.
solicitan facturas en las imprentas.
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