lunes, 8 de mayo de 2017

Adecuación del formulario 960 NM Data Fiscal, Formulario 960D



Mediante Resolución General 4042. E/2017, la Afip adecúa el Formulario 
960 NM Data Fiscal.
Este debe ser exhibido en forma obligatoria en los locales y en los sitios web.

Es de lectura del código de  respuesta rápida (QR) y su visualización debe ser inmediata.
Se modifica para incorporar los medios de pagos que obligatoriamente deben ser aceptados por  el
 contribuyente, de acuerdo a lo establecido en la Resoluciones Generales Números 1415 y la 3997/17. 

Entra en vigencia esta disposición el 8 de mayo de 2017.
Existe un cronograma de nuevos medios de pago, el que va de abril de 2017 a marzo de 2018.


Para obtener el Formulario Nº 960/D - “Data Fiscal” se deberá ingresar al servicio
 denominado “Formulario Nº 960/D” del sitio “web www.afip.gob.ar.
Corresponderá un Formulario Nº 960/D - “Data Fiscal” por cada domicilio comercial, 
el que deberá estar declarado previamente en el “Sistema Registral” como local o
 establecimiento, excepto cuando el mismo corresponda al domicilio fiscal. 
Las actualizaciones de domicilios deberán realizarse ingresando con “Clave Fiscal
” al servicio “Sistema Registral”, opción “Registro Tributario” 
“F. 420/D - Declaración de Domicilios”, tipo de domicilio “Fiscal”
 o de “Locales o Establecimientos”.
La impresión del Formulario Nº 960/D - “Data Fiscal” se efectuará 
sobre papel tamaño A4, de gramaje no menor a OCHENTA (80) gramos
 y respetando sus características en cuanto a diseño, formato, medidas
 y colores, sin perjuicio de imprimir otros ejemplares del mismo tenor en
 tamaños diferentes que podrán ser exhibidos donde el contribuyente disponga,
 a efectos de facilitar su lectura.

 Los contribuyentes deberán exhibir el Formulario Nº 960/D - “Data Fiscal”
 a partir de la fecha en que les corresponda cumplir con la obligación de aceptar 
las transferencias de pago instrumentadas mediante tarjetas de débito, tarjetas 
prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes, conforme lo
 establecido por la Resolución General N° 3.997-E.
Apruébanse el Anexo (IF-2017-08134118-APN-DISEGE AFIP) – 
Datos enunciativos del código de respuesta rápida (QR) que forma parte
 de la presente y el Formulario N° 960/D – “Data Fiscal” que se
 encontrará disponible en el sitio “web” institucional.

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