El nuevo Código Unificado Civil y Comercial deja sin efecto la definición entre sociedades de hecho civiles y comerciales.
Ahora en las denominadas sociedades residuales se incluyen las Sociedades de Hecho y aquellas que no se ajustan a ningún tipo legal o que, reuniendo los requisitos establecidos en la normativa para un tipo societario en particular, no fueron inscriptas en el Registro Público (ex Registro Público de Comercio).
La AFIP, para adecuarse a ello, sustituyó la denominación "Sociedad de Hecho" por "Sociedad Ley N° 19.550 Capítulo I Sección IV"en virtud al nuevo marco normativo.
De esta manera, al momento de dar de alta a una tipo societario irregular será necesario seguir los siguientes pasos:
1) Cliquear "Agregar nuevo trámite" y se accederá a una nueva pantalla donde figuran varios ítems. Allí, seleccionar "Denominación Social y otros datos" .
2) Consignar el "Tipo Societario". Las nuevas tablas no incluyen a las sociedades de hecho, por lo que hay que seleccionar la opción "Sociedad Ley N° 19.550 Capítulo I Sección IV".
3) Incluir la fecha del contrato y de inicio de lasactividades.
4) En donde dice trámite hay que seleccionar una de las dos opciones que se desprenden, que son:
• Alta de CUIT para presentación en AFIP.
• Alta de CDI.
5) Consignar la provincia en la que se desarrollará la sociedad.
6) Completar la información de los otros ítems :
"Domicilio Legal",
"Autoridades - Socios",
"Datos de Interés Fiscal", "Actividades".
"Domicilio Fiscal").
Fuente: Iprofesional.com
La AFIP, para adecuarse a ello, sustituyó la denominación "Sociedad de Hecho" por "Sociedad Ley N° 19.550 Capítulo I Sección IV"en virtud al nuevo marco normativo.
De esta manera, al momento de dar de alta a una tipo societario irregular será necesario seguir los siguientes pasos:
1) Cliquear "Agregar nuevo trámite" y se accederá a una nueva pantalla donde figuran varios ítems. Allí, seleccionar "Denominación Social y otros datos" .
2) Consignar el "Tipo Societario". Las nuevas tablas no incluyen a las sociedades de hecho, por lo que hay que seleccionar la opción "Sociedad Ley N° 19.550 Capítulo I Sección IV".
3) Incluir la fecha del contrato y de inicio de lasactividades.
4) En donde dice trámite hay que seleccionar una de las dos opciones que se desprenden, que son:
• Alta de CUIT para presentación en AFIP.
• Alta de CDI.
5) Consignar la provincia en la que se desarrollará la sociedad.
6) Completar la información de los otros ítems :
"Domicilio Legal",
"Autoridades - Socios",
"Datos de Interés Fiscal", "Actividades".
"Domicilio Fiscal").
Fuente: Iprofesional.com
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