viernes, 10 de enero de 2014

MODIFICACIONES AL CODIGO FISCAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE


Cabe resaltar las siguientes modificaciones al Código Fiscal y a la ley impositiva:
Código Fiscal:
1- LOCACIÒN DE INMUEBLES
- Se modifica el alcance del impuesto sobre los ingresos brutos a la locación de inmuebles, quedando alcanzado el alquiler excepto cuando los ingresos sean generados por la renta de hasta 5 inmuebles. La mencionada excepción no será aplicable cuando se cumplan algunas de las siguientes situaciones, en forma concurrente o no:
Cuando el propietario del o de los inmueble/s no tenga domicilio fiscal dentro de la Provincia de Santa Fe.
Cuando el propietario sea una sociedad regular o sociedades de hecho o irregulares o se trate de un fideicomiso. Cuando la parte locadora esté conformada por un condominio, el monto de ingreso al que se alude será considerado con relación al mismo como un único sujeto.
2)
- Se elimina la exención en el impuesto sobre los ingresos brutos para los primeros tres anticipos, contados desde la fecha de iniciación de la explotación de actividades, de aquellos contribuyentes que se encuentren inscriptos como sujetos del régimen simplificado de la AFIP.
3)
- Se incorpora como actividad alcanzada por el impuesto sobre los ingresos brutos a la mera compra de productos agropecuarios, forestales, frutos del país y minerales para industrializarlos o venderlos fuera de la jurisdicción.
4)
Ley impositiva:
- Se fija en 7% la alícuota del impuesto sobre los ingresos brutos para la actividad telefonía celular móvil y en 7,5% para la actividad de préstamos de dinero, descuento de documentos de terceros y demás operaciones efectuadas por los bancos y otras instituciones.

5)MINIMOS MENSUALES IMPUESTOS SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS
- Se incrementan los montos mínimos mensuales a ingresar por los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos.
- Se incrementa a $ 0,20 el valor del módulo tributario utilizado para la determinación de los importes y cuotas fijas a abonar en el impuesto de sellos.

6)
- Se establece una exención amplia de todos los impuestos, tasas y contribuciones provinciales a los adjudicatarios de viviendas o créditos hipotecarios beneficiarios del plan ProCreAr.


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