Se aprueba la transacción denominada “Reimputación de pagos Contribuyente” dentro
del sistema de “Cuentas Tributarias”.
A través de dicha transacción, el contribuyente podrá reimputar pagos bancarios que
hayan ingresado al sistema,
siempre que no se encuentren observados.
La transacción “Reimputación de pagos
Contribuyente” resulta de utilización obligatoria
a partir del 25/4/2013 para
todos los sujetos incorporados al sistema de “Cuentas
Tributarias”.
Para el resto de
los contribuyentes será optativa.
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