miércoles, 6 de febrero de 2013

Nuevo aplicativo Ganancias Personas Fìsicas- Bienes Personales- Versión 14

Por resolución general 3.439 publicada el 6 de febrero de 2013 en el BO la AFIP diò a conocer l el programa aplicativo unificado denominado “Ganancias Personas Físicas- Bienes Personales - Versión 14”.
 Las declaraciones juradas podrán presentarse por transferencia electrónica de datos.
Las principales  modificaciones introducidas:: 
1-Pantalla “Deducciones”: se adecuó la deducción especial debido a la eximición del medio aguinaldo de diciembre de 2012 del pago del impuesto.
2-Pantalla “Participaciones de empresas”: se agregó el campo “Amortización del Ejercicio” para exteriorizar las amortizaciones del período en el caso de participaciones de empresas de 3° categoría, y el importe resultante se trasladará automáticamente a la pantalla “Justificaciones Patrimoniales”.
3- Pantalla “Determinación de la Renta de Fuente Argentina” —“Resultado Neto de 3° Categoría”—, subpantalla “Participaciones en Empresas Fuente Argentina”: se efectuaron ajustes, a fin de permitir cargar una misma Clave Unica de Identificación Tributaria (CUIT), para cada una de las explotaciones unipersonales del contribuyente.
 4- Pantalla “Determinación del Saldo GPF” dentro de la subpantalla Retenciones, Percepciones y Pagos a Cuenta: a)se incorporó la subpantalla “Pagos a cuenta” que permite ingresar los pagos a cuenta de Ganancias dispuestos por la resolución general 3.376 (Fútbol Profesional —transferencia y/o cesiones—) y las autorretenciones, de corresponder.b)Se actualizaron las tablas de los impuestos y de los códigos de los regímenes relacionados con retenciones y percepciones, a los fines de permitir incorporar, de corresponder, las percepciones previstas en la resolución general 3.378 y su complementaria (compras efectuadas con tarjeta de crédito/débito/compra en el exterior y/o en sitios virtuales).
5-Pantalla “Determinación del Impuesto sobre los Bienes Personales”: se incorporó el campo “Percepciones Impuesto sobre los Bienes Personales” y se agregó la subpantalla “Percepciones Impuesto sobre los Bienes Personales” que permite incorporar, cuando corresponda, las percepciones establecidas por la resolución general 3.378 y su complementaria (compras efectuadas con tarjeta de crédito/débito/compra en el exterior y/o en sitios virtuales).

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