lunes, 19 de marzo de 2012

El ajuste por inflación es imprescindible


El ajuste por inflación es imprescindible y una obligación Legal”


Transcribo literalmente una nota al contador público nacional Enrique Fowler Newton, una verdadera eminencia en lo suyo, realizada en ENNOTAS.COM. Obligatoria su lectura.

¿Qué considera importante a la hora de la confección de las Normas Contables Profesionales? ¿Y quiénes deberían hacerlo?
EFN: Lo más importante son las necesidades de los usuarios de los estados contables o estados financieros. Las normas deberían ser elaboradas, como sucede en varias partes del mundo, por organizaciones sin fines de lucro en las que participen usuarios, emisores y auditores de estados financieros, pero en las que ninguno de esos tres grupos prevalezca sobre los demás.
Es decir, qué cada uno sea independiente del otro y no haga valer una prevalencia en el organismo para defender sus propios intereses en detrimento de los intereses de los otros grupos.
¿Cómo ve el rol de los Consejos Profesionales y de la FACPCE en esta función?
EFN: Lo veo mal: como contesté antes, las normas contables deben ser emitidas por grupos independientes, pero en los últimos años la Federación ha sacado normas en beneficio de un grupo, que es el de los Contadores Públicos.
¿Considera que es importante ajustar por inflación?
EFN: No solo es importante. Es imprescindible y es una obligación legal que surge del artículo 62 de la ley 19.550 en el caso de las sociedades comerciales, de la Ley de Fondos Comunes de Inversión y delartículo 43 del Código de Comercio.
El hecho de que exista un decreto que haya ordenado a los organismos nacionales de control que no acepten estados contables ajustados por inflación no indica que ese decreto sea legal. Lo que indica es que es un decreto anticonstitucional y es una orden ilegal.
Por supuesto, el gobierno no tiene mucho interés en que la ley se cumpla porque la realización de los ajustes contables por inflación pone en evidencia, entre otras cosas, que la tasa efectiva sobre el Impuesto a las Ganancias es superior a la tasa que está en la Ley. Es decir el Impuesto a las Ganancias está gravando ganancias que no son tales, ganancias ficticias.
Es cierto que en materia impositiva hay que regirse por las normas impositivas. Las normas impositivas tenían un ajuste por inflación que actualmente está suspendida y lo que realmente le interesa al Gobierno es que se recaude, no importa que esa recaudación implique comerse el capital de las empresas.
En la era de las redes sociales, ¿cómo considera que está plantada la profesión?
EFN: Las redes sociales se pueden usar de mil maneras y, en sí, no son ni buenas ni malas. Lo que es bueno o malo es el uso que se les puede dar. El problema que yo veo es que la existencia de las redes sociales produce una superabundancia de mensajes. Si uno se entusiasma y empieza a adherirse a muchos perfiles, a veces termina leyendo cuatro veces lo mismo, o termina no leyendo nada por la cantidad de tiempo que eso conlleva.
¿Con qué finalidad abrió su perfil de Facebook?
EFN: Para comunicar algunos puntos de vista y ver que dice la gente sobre ellos. Está orientado a las cuestiones de actualidad, ya que para las técnicas tengo en Yahoo un grupo de discusión llamado “Contaudi” (http://ar.groups.yahoo.com/group/contaudi/), donde se tratan las cuestiones que los integrantes del grupo plantean.
¿Considera que el rol que le da la UIF al Contador en el tema de detección y control del Lavado de dinero es correcto?
EFN: Es lógico que se combata el lavado de dinero y otros activos. Y también es lógico que la Argentina recoja las recomendaciones del GAFI.
Ahora, la recomendación 16 del GAFI menciona a los contadores públicos porque éstos, al igual que otros profesionales, podrían intervenir en ciertas transacciones que normalmente están a cargo de entidades financieras. Entonces, el GAFI propone que a esos contadores públicos se les impongan ciertas obligaciones de informar, pero no por tener el título de contador público sino por intervenir en esas actividades. Dice también la recomendación 16 que no se requiere que los contadores que actúan como profesionales independientes informen sus sospechas cuando la información relevante haya sido obtenida en circunstancias en las que se encuentren sujetas al privilegio del secreto profesional o legal.
Esto es lo que pide el GAFI, pero en nuestra ley se listan “obligados a informar” en función del título profesional y no de su actividad. Es decir, la ley se aparta de la propuesta del GAFI. Y después viene la UIF y mete en la cuestión a los auditores y síndicos. Esto sí, no da el mismo tratamiento a los síndicos abogados, que no están en la lista de “obligados a informar”.
¿Cómo ve la cuestión de las comunicaciones de la FACPCE a los Consejos y al público?
EFN: Yo siempre critico la gran demora que tiene la Federación a la hora de comunicar algo. Una organización como el IASB saca una nueva norma hoy por la mañana y yo me entero por la tarde. En cambio la información técnica de la FACPCE puede tardar más de dos semanas en ser publicada.
Cuando la FACPCE toma una resolución sobre cuestiones técnicas lo hace sobre un texto preexistente, al que quizá le introduzca alguna que otra modificación. Entonces, ¿por qué no se publica de inmediato el texto aprobado? ¿y cuánto tiempo les puede llevar la adecuación del documento para publicarlo?
Lo mismo vale para otras informaciones, que hacen a la transparencia de los procesos de emisión de normas técnicas. Por ejemplo, hoy es 13 de marzo de 2012 y en el sitio de la FACPCE hay dos noticias que informan que su Consejo Emisor de Normas de Contabilidad y Auditoría se reunió el  9 de febrero y el 1º de marzo, pero en ninguna de las dos se informa qué cuestiones trataron (y mucho menos, que decidieron).
Vamos a hablar un poco de sus libros. Tiene pensado sacar algún libro en el futuro?
EFN: Sí, hay uno que espero esté en la calle en la segunda quincena de abril. Se llama “Contabilidad versus Impuestos”.
El libro tiene dos partes principales. La primera tiene tres capítulos y puede ser leída por personas de cualquier país, no está dirigida solamente al lector argentino.
Allí tomo el tema de la armonización de las normas contables con las normas impositivas, cómo se podría hacer. Con un capítulo por separado por el tema del ajuste por inflación.
En la segunda parte me refiero específicamente a los problemas de reconocimiento y de medición desde el punto de vista contable y desde el punto de vista impositivo, centrando mis comentarios en la aptitud de las normas impositivas para medir capacidades contributivas.
Y en el capítulo final tiro algunas ideas de lo que se podría hacer con las leyes impositivas actuales argentinas.
Las normas contables a las que me refiero son las NIIF, la NIIF para las PyMES, y las desarrolladas por la FACPCE. Las normas tributarias son las que regulan el impuesto a las ganancias, el impuesto a los bienes personales, el impuesto a la ganancia mínima presunta y la contribución al  Fondo para Educación e Información Cooperativa.
Los cambios en las normas contables y de auditoría que usted ha visto desde que comenzó sus estudios ¿Le parecen positivos o negativos?
EFN: Los cambios son positivos, pero son muy lentos. Pasan muchos años antes que un problema llegue a solucionarse. Por ejemplo, nuestra RT 7 sobre normas de auditoría es de 1987 y nunca fue tocada por la FACPCE. No es una resolución técnica mala, pero hay algunos temas que siempre de dice que hay que corregir pero nunca se corrigen.
En el mundo pasa lo mismo, desde que se toma un proyecto hasta que se llega a sancionar una norma a partir del mismo, pasan 6, 7, 10 años o más. Hasta que efectivamente se cambian.
Siente que influenció a mucha gente dentro de la Profesión?
EFN: Algunos seguidores debo tener. No tengo encuestas.
Pero sabe que influyó a mucha gente?
EFN: Bueno, alguna gente influenciable debe haber.

Fuente: Ennotas.com

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