Hasta tanto la AFIP se allane a la presente causa y adecúe el mecanismo de “Solicitud de Compensación” previsto en la Res. Gral. 1658 exteriorizado en el aplicativo hoy vigente “COMPENSACIONES Y VOLANTES DE PAGO - Versión 1.0 Release 8” o desde “Cuentas Tributarias”, convendría solicitar la misma mediante el Form. 574 manual y Multinota referenciando al presente fallo y la imposibilidad a la fecha de efectuar la compensación para extinguir la obligación en cabeza de la Sociedad
En el caso de haber formulado un Plan de Facilidad de pago por tal obligación, y de poseer desde ya un saldo de libre disponibilidad, habría que evaluar su anulación y proceder a su posterior compensación.
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