viernes, 24 de septiembre de 2010

ALGUNAS RESPUESTAS PARA LA DECLARACION CUATRIMESTRAL DE LOS MONOTRIBUTISTAS

Respuestas a Preguntas Frecuentes sobre Declaración cuatrimestral monotributistas.

a) ¿Qué sucede si estando obligado el monotributista a presentar el régimen de información dejo de cumplir con la condición por la cual quedé incluido?
En el supuesto que el pequeño contribuyente dejara de cumplir la condición que lo sujetó al presente régimen, la obligación de información subsistirá por el término de 6 cuatrimestres calendarios contados a partir de la finalización del último cuatrimestre informado.


B) En los casos que un  monotributista prestador de servicios no posea un local fijo para su actividad, ¿cómo se procede?
En el sistema Declaración de Monotributo Informativa debe seleccionar la opción Sin local. Esta opción está disponible en la pestaña Locales, ventana Tipo Local, ítem Sin Local, del F.1255 Monotributo DJ Informativa.


C) Si solicité la baja en el régimen del Monotributo con anterioridad al 12 de agosto de 2010 (fecha de entrada en vigencia de la RG 2888), ¿asimismo quedo obligado a presentar la declaración jurada informativa por el primer cuatrimestre de 2010?
Ante la situación mencionada el contribuyente debe presentar la DJ informativa correspondiente al primer cuatrimestre de 2010.


D) Si con anterioridad a la entrada en vigencia de la RG 2888 quedé excluido del régimen del monotributo y pasé a ser responsable inscripto en el IVA, ¿quedo obligado a presentar la declaración jurada informativa hasta el período de baja, o no me corresponde porque quedan obligados aquellos monotributistas excluidos a partir del 12 de agosto de 2010?
Si el contribuyente está encuadrado en los incisos a) y b) del art. 2 de la R.G. 2888/10 a la finalización del primer cuatrimestre, debe presentar la declaración jurada informativa de dicho cuatrimestre; y no debe presentar las DDJJ de los seis cuatrimestres siguientes, atento que queda fuera del Régimen Simplificado.

E) En el caso quecomo monotributista  no me corresponda la recategorización porque encuadro en la misma categoría, ¿debo cumplir igualmente con el régimen de información establecido por la RG 2888/10?
Los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado que estén alcanzados por la R.G. 2888/10 deben presentar la declaración jurada informativa, aún cuando no corresponda la recategorización.

F) Si a la finalización del cuatrimestre transcurrido ya había dejado de ser monotributista por cese de actividad, ¿quedo obligado a presentar la declaración jurada informativa por ese cuatrimestre?
En la situación mencionada el contribuyente no queda obligado a presentar la DJ informativa. Queda alcanzado si a la finalización del cuatrimestre referido cumple las condiciones mencionadas en los incisos a) y b) del art. 2 de la R.G. 2888/10.


G) Si me doy de baja en el monotributo por cese de actividades y en un plazo de tres meses vuelvo a inscribirme en el régimen, ¿quedo comprendido por el artículo 3 de la RG 2888/10 en la obligación de continuar informando por seis cuatrimestres?

en el caso mencionado el contribuyente debe continuar informando, en los términos del artículo 3 de la R.G. 2888/10.

H) Si por efectos de las recategorizaciones realizadas en los meses de enero, mayo y septiembre de cada año, los monotributistas comprendidos en dichas obligaciones pasen de categoría E a categoría F, ¿desde cuándo les corresponde informar las declaraciones juradas, en los términos de la RG 2888/10?
Les corresponde informar a partir del primer cuatrimestre en el cual quedan comprendidos en la categoría F, según se establece en el artículo 2 inciso a) de la R.G. 2888/10.


I) ¿Cómo detallo en la declaración jurada informativa el consumo de energía eléctrica cuando la electricidad se comparte entre el local, estudio, ó consultorio, con la casa de familia? ¿Se debe prorratear el consumo de electricidad?
Sí, en la declaración jurada se informa el consumo de energía eléctrica obtenido de la apropiación entre local y casa de familia.


j) Si el informante no reviste la condición de único propietario del local que declara, ¿cómo se registra en la declaración jurada si sólo se permite incorporar un titular por inmueble?
Considerando que no se permite registrar más de un propietario, como asimismo no existe un campo en el que se pueda indicar el porcentaje de titularidad del inmueble, se deberá informar la identificación del presentante de la declaración jurada, aunque no sea el titular mayoritario del inmueble.

k) Debo informar el local afectado a la actividad, del cual tengo el uso gratuito del mismo. ¿Con qué opción registro esta situación?
A los efectos de informarlo en la DJ cuatrimestral, dicha situación se registra seleccionando de la opción Tipo Local el ítem Otros.

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