Los monotributistas categorizados en las categorías más altas deberán confeccionar una declaración jurada informativa cada cuatro meses. El primer vencimiento sería en junio y, luego, en septiembre, enero y mayo, ( coincidiendo con las las fechas de las recategorizaciones)
En dichas DDJJ se deberán informar:
a) Respecto al consumo de energía eléctrica: número del medidor y denominación del prestador del servicio.
b) Respecto al local o establecimiento afectado a la actividad: datos del propietario y Nº de catastro del inmueble afectado o locatario.
c) Respecto a la facturación del monotributista: monto total y cantidad y número de facturas emitidas.
d) Respecto a clientes y proveedores: detalle de los principales,( dos o tres).
Cabe recordar que la AFIP viene "amenzando" hace mucho tiempo con el control a los monotributistas, cosa que en la práctica no se ve.
Se informó en 2009 todos aquellos monotributistas que se encontraban en las dos categorías más altas.
Considero que este control se debe realizar pues es muy dispar el control que realiza actualmente la Administración Federal de Ingresos Públicos entre los Monotributistas (prácticamente nula) y quienes se encuentran inscriptos en Ganancias e IVA.
Opinión Profesional: temas tributarios, societarios,gerenciamiento, normativa legal,de interés para profesionales y estudiantes en Cs. Económicas,abogados y empresas argentinas, especialmente Pymes y empresas familiares.
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