lunes, 26 de octubre de 2009

Nuevas medidas de AFIP sobre transferencia de automotores, facturación electrónica y Entidades Exentas

AFIP anuncia medidas digitalizando nuevos sectores


Se implementará: 1) Certificado para la Transferencia de Automotores (CETA); 2) La Factura Electrónica para Importadores y Hotelería y; 3) Registro fiscal de Entidades exentas del Impuesto a las Ganancias.

Se anunció el denominado “segundo paquete de medidas económico-fiscales”.

Se implementará: 1) el Certificado para la Transferencia de Automotores (CETA); 2) la utilización de Factura Electrónica para los sectores de Importadores de Comercio Exterior y Hoteleria y servicios relacionados y; 3) la informatización del Registro de entidades exentas del Impuesto a las Ganancias.



Automotores. Informatización



Se reemplaza el actual Formulario 381 (en papel) por el "Certificado de Transferencia de Automotores" (CETA), que se generará a través de la pagina web fiscal mediante Clave Fiscal o por medio del Centro de Información Telefónica de la AFIP.

El nuevo “Certificado digital” deberá solicitarse previamente a la transferencia del rodado (informando monto de venta, dominio y datos del comprador) cuyo número deberá incorporarse en el tradicional “Formularios 08” expedido por el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor en el momento de la inscripción del vehículo.

Cuando haya intermediarios, se liberará al enajenante original de tal obligación, siendo los comerciantes los nuevos responsables de solicitud del CETA. En una primera etapa que se estima comenzará a principios del 2010, abarcará las operaciones superiores a los $50.000, reduciéndose luego aquellas de más de $40.000 y, finalmente las transacciones inferiores a $30.000.



Factura Electrónica



Importadores y Exportadores: Se incluirán nuevos documentos electrónicos para respaldar las ventas que los importadores realicen en el mercado local, excluyendo a los consumidores finales, implementado por otra parte, los controles informáticos al momento de otorgamiento y renovación de los CVDI (Certificado de Validación de Datos de Importadores), y el remito electrónico que será requerido al momento de liberación de la mercadería. En relación a los Exportadores, se prevé su aplicación a partir del 01/12/2009 (grandes contribuyentes) y el 01/05/2010 para el resto



Hotelería: Se incluirán, antes de fin de año, al régimen actual de Factura electrónica (ver "Compendio temático con todo lo referente al Régimen especial de emisión y almacenamiento. Análisis, Esquemas, Flujogramas, Preguntas y Respuestas frecuentes, Normativa completa, etc, click acá) a los hoteles y otros operadores, que presten los siguientes servicios:



· Alojamiento, comida y/u hospedaje prestados en hoteles, residenciales y hosterías. Excepto pensiones y alojamientos por horas.

· Alojamiento en hoteles, hosterías y residenciales similares, excepto por hora, que incluyen servicio de restaurante al público.

· Alojamiento en hoteles, hosterías y residenciales similares, excepto por hora, que no incluyen servicio de restaurante al público.

· Hospedaje temporal N.C.P. (incluye hospedaje en estancias, residencias para estudiantes y albergues juveniles, apartamentos turísticos).

· Contribuyentes que realicen la “venta” de “tiempos compartidos”



Entidades Exentas. Registro



A través de la Res. Gral. 2681/2009-AFIP (BO 05/10/2009) se implementó indirectamente el registro de entidades exentas del Impuesto a las Ganancias, mediante la modificación del procedimiento informatizado con CLAVE FISCAL del cual se solicita su certificado de exención y la evolución del dicho trámite desde el portal fiscal.



Una vez realizada la solicitud de exención en el gravamen vía transferencia electrónica de datos, la resolución estaría disponible dentro de las 48 horas siguientes. Asimismo, aquellas cuya exención sea taxativamente comprendida dentro de los supuestos del art. 7 de la cita norma (por Leyes Nacionales, Hospitalarias, Religiosas, por inicio de actividad, etc), podrán efectuar un trámite simplificado utilizando el sistema on line con CLAVE FISCAL que cuenta con menores solicitud de datos y la respuesta inmediata.

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