La confección del Flujo de Efectivo y su incorporación a los Estados contables en la Provincia de Santa Fe- Cámara Primera ha sido opcional durante los tres primeros ejercicios de aplicación de la RT 17 para los EPEQ, salvo entidades sin fines de lucro, cooperativas y mutuales. Es de aplicación obligaroeria para estos entes a partir del 1 de enero de 2006.
Ver normativa en ://www.cpcesfe1.org.ar/res10-03
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