martes, 13 de junio de 2017

Comunicado de la AFIP sobre quienes sinceraron y no llegan al mínimo no imponible de Bienes Personales y/o no se hayan inscriptos en este impuesto

Versiones periodísticas aseguraron ayer que AFIP había confirmado que aquellos que ingresaron al blanqueo debían presentar una declaración de Bienes Personales incluyendo todos los activos que sinceraron, aunque no estén inscriptos en el impuesto ni lleguen al mínimo no imponible del ejercicio 2016,  Pero la AFIP dió marchar atrás y emitió el siguiente comunicado:
"Se han recibido consultas sobre la obligatoriedad de presentar la declaración jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales, periodo fiscal 2016, a quienes exteriorizaron activos en el marco del Sinceramiento Fiscal".
Al respecto, se aclara que quienes sinceraron deberán presentar la declaración jurada de Bienes Personales en los siguientes casos:
-  Cuando el conjunto de sus bienes gravados por ese impuesto superen el mínimo no imponible de $ 800.000.
-  Cuando se encuentren inscriptos en el Impuesto sobre los Bienes Personales, aunque el conjunto de sus bienes gravados por dicho impuesto no superen el mínimo no imponible de $ 800.000.
 O sea que quienes sinceraron activos, y al 31 de diciembre de 2016 no poseían activos gravados por un monto superior a $ 800.000 y no se encuentren inscriptos en el impuesto, no se encuentran obligados a presentar la declaración jurada determinativa para el pago de Bienes Personales. En este caso, deberán evaluar si les corresponde presentar la declaración jurada informativa para empleados en relación de dependencia cuyos ingresos brutos percibidos durante el año 2016 hubieran sido iguales o superiores a $ 500.000.

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