Versiones periodísticas aseguraron ayer que AFIP había confirmado que aquellos que ingresaron al
blanqueo debían presentar una declaración de Bienes Personales
incluyendo todos los activos que sinceraron, aunque no estén
inscriptos en el impuesto ni lleguen al mínimo no imponible del
ejercicio 2016, Pero la AFIP dió marchar atrás y emitió el siguiente comunicado:
"Se han recibido consultas sobre la
obligatoriedad de presentar la declaración jurada del Impuesto
sobre los Bienes Personales, periodo fiscal 2016, a quienes
exteriorizaron activos en el marco del Sinceramiento Fiscal".
Al respecto, se aclara que
quienes sinceraron deberán presentar la declaración jurada de
Bienes Personales en los siguientes casos:
- Cuando el conjunto de sus bienes
gravados por ese impuesto superen el mínimo no imponible de $
800.000.
- Cuando se encuentren inscriptos en el
Impuesto sobre los Bienes Personales, aunque el conjunto de sus
bienes gravados por dicho impuesto no superen el mínimo no
imponible de $ 800.000.
O sea que quienes
sinceraron activos, y al 31 de diciembre de 2016 no poseían
activos gravados por un monto superior a $ 800.000 y no se
encuentren inscriptos en el impuesto, no se encuentran obligados a
presentar la declaración jurada determinativa para el pago de
Bienes Personales. En este caso, deberán evaluar si les
corresponde presentar la declaración jurada informativa para
empleados en relación de dependencia cuyos ingresos brutos
percibidos durante el año 2016 hubieran sido iguales o superiores
a $ 500.000.
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