lunes, 27 de noviembre de 2017

Modificación consultas realizadas sobre constancia inscripción clientes

La Administración Federal de Impuestos, ha decidido modificar el plazo de validez de las consultas efectuadas relacionadas con las constancias de inscripción de los contribuyentes que originariamente la RG 1817 había establecido en un plazo de 180 corridos ( 6 meses) anteriores a la operación.-

En efecto la nueva disposición RG 4162-E,  ha modificado dicha vigencia a partir del 01/12/2017  y ahora el plazo se ha acortado a solo TREINTA ( 30) días corridos anteriores a la operación, debiendo ineludiblemente contarse con dicha constancia , pues constituirá el único elemento válido para conocer la situación fiscal del cliente a los fines de practicar las percepciones y los impuestos que  resulten procedentes y además servirá como documento que avale la existencia del mismo y la certeza que se está debidamente identificado frente a la Administración Fiscal
Para el supuesto de que la consulta no arroje resultados, se lo considerará como no categorizado frente al iva facturándose las percepciones que resulten pertinentes.

A los fines de realizar la consulta se ha incorporado una nueva opción, con la  modificación del  articulo 3º de la RG 1817 , que permite acceder a la misma mediante el intercambio de información con  “Web Service” al que se accederá con certificado de seguridad digital obtenido mediante la Clave Fiscal.

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