viernes, 15 de septiembre de 2017

Registro Fiscal de Tierras eplotadas

La Resolución de AFIP nº 4096/2017 establrce el:

REGISTRO FISCAL DE TIERRAS RURALES EXPLOTADAS.

Actividades comprendidas: Cultivo de granos y semillas – cereales y oleaginosos- y legumbres secas- porotos, arvejas y lentejas.

Donde todos aquellos PROPIETARIOS / TERCEROS USUFRUCTUARIOS DE TIERRAS  que desarrollen algunas de las actividades detalladasdeberán inscribirse en el Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas.
-          Tierra rural con explotación propia
-          Tierra rural con explotación de terceros

Y para poder realizar éste trámite, se necesita contar  la siguiente documentación:
-          Comprobante de RENSPA
-          Fotocopia de los Títulos de propiedad, de las tierras explotadas para la actividad
-          Contrato de usufructo ( en caso que hubiere)
-          Impuesto Inmobiliario de cada una de los lotes  (puede ser  que una escritura comprende más de un lote).
-          Siempre que estén  REGISTRADOS en el REGISTRO FISCAL DE OPERADORES  DE GRANOS

Ya que hay que presentar a la AFIP – Títulos de propiedad e impuesto inmobiliario  escaneados para poder dar de alta dicho trámite.

De NO CUMPLIMENTAR dichos requisitos, la retención de impuestos a las ganancias será aplicada la más alta que corresponda para cada actividad.

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