martes, 11 de diciembre de 2012

Cantidad y forma de obtener autorización de AFIp para compra de divisas


La cantidad de divisas que autoriza comprar el organismo de recaudación varía entre cada particular, los montos que habilita la AFIP varían entre los u$s10 y los u$s50 por día en el exterior, si bien en algunos casos el importe puede ser mayor.

La autorización para adquirir moneda extranjera depende de la capacidad contributiva de cada persona.

Los monotributistas -como única fuente de ingresos- deberá tener en cuenta su situación fiscal -categoría declarada- para hacerse a la idea de cuánto le van a autorizar.
En cambio, un empleado en relación de dependencia podrá acceder a un cierto monto atado a su salario. 
Así, si la idea es saber exactamente qué monto le autorizará el fisco, desde el Consejo Profesional porteño explicaron que, para avanzar en el trámite, es necesario contar con una validación emitida por la AFIP -que se gestiona en la página web del organismo- que indica la cifra permitida.
A tal efecto, se deberá ingresar al "Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias". Para acceder al micrositio,


Ya dentro de dicho micrositio (para cuyo acceso se requiere de la clave fiscal) se exige informar:
  • Datos del viaje: el solicitante estará obligado a detallar si es o no profesional, el destino, el motivo de la salida del país y las fechas de partida y regreso.
  • Medio de transporte: en esta opción hay que seleccionar si para el viaje se usará auto, avión, ómnibus, barco u otra forma de traslado.
  • Plan de pago: aquí hay que indicar cuál es el costo total en pesos de la operación, así como la forma de cancelación, la cantidad de cuotas y la fecha de vencimiento del último pago.
  • Datos de cada persona integrante del viaje: en caso de que salga del país un grupo familiar, deberán informarse a la AFIP la fecha de vencimiento, CUIT/CUIL/CDI, tipo y número de documento, nombre y apellido y número de reserva o ticket electrónico.
Con la autorización obtenida, los interesados deberán presentarse ante el banco o entidad financiera para realizar la operación correspondiente.
Estas medidas de control, según informaron oportunamente desde la AFIP, obedecen a evitar maniobras tendientes a la obtención de moneda extranjera bajo el argumento de una reserva que luego nunca se utilizará para realizar, realmente, un viaje al exterior.

Si bien algunos particulares se quejaron de que no pudieron obtener la autorización para adquirir divisas hasta recién unas horas antes de partir, desde el organismo recaudador afirmaron que este trámite se puede llevar a cabo sin ningún problema en la semana previa a la salida.

Fuente: iprofesional.com

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