lunes, 4 de abril de 2011

Suba de las deducciones en el impuesto a las Ganancias

La suba de las deducciones del impuesto a las ganancias para los trabajadores en relación de dependencia se realizó a través de la Resolución General 3073/2011 Publicada en el Boletín Oficial el 04/04/2010.



Los Agentes de Retención deberán aplicar los nuevos incrementos del 20 por ciento en las deducciones anuales en concepto de ganancia no imponible, cargas de familia y deducción especial, computables para la determinación del Impuesto a las Ganancias de sus empleados, conforme la tabla acumulada de Marzo a Diciembre de 2011 (Res. 2437/2008 y 3008/2011)




Artículo 1º — Los agentes de retención alcanzados por las disposiciones de la Resolución General Nº 2437, sus modificatorias y complementarias, a los fines de la determinación de la ganancia neta sujeta a impuesto —prevista en el inciso b) del Artículo 7º de la citada norma— deberán utilizar, respecto de las remuneraciones correspondientes a los meses de marzo a diciembre de 2011, las tablas que se consignan en el Anexo de la presente, en sustitución de las previstas en la Resolución General Nº 3008.



Art. 2º — Las diferencias que, por aplicación de las tablas mencionadas en el artículo anterior, pudieran generarse a favor de los sujetos pasibles de retención se computarán contra las retenciones a practicarse en los meses restantes del período fiscal. En caso de existir un remanente a la finalización del ejercicio, resultará de aplicación lo dispuesto por el Artículo 14 de la Resolución General Nº 2437, sus modificatorias y complementarias.



Estas disposiciones  entrarán en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive, y surtirán efecto para el período fiscal 2011, inclusive.


La Resolución contiene un ANEXO con los IMPORTE DE LAS DEDUCCIONES ACUMULADAS CORRESPONDIENTES A CADA MES.
Se incrementó un 20% el mínimo no imponible del impuesto a las ganancias. Por lo tanto, de manera retroactiva al 1 de enero pasado, el nuevo piso pasa de $4.818 a $5.782 netos mensuales para trabajadores solteros y aumenta de $6.662 a $7.998 para casados con dos hijos.



Nuevos valores de las deducciones

Mínimo no imponible: $12.960 anuales.

Cónyuge: $14.400 anuales.

Hijos: $7.200 anuales.

Otras cargas: $5.400 anuales.

Deducción especial: $62.208 anuales.

El aumento de las deducciones personales debería ser mayor al 20% tomando en consideración la inflación en Argentina. Del mismo modo se deberían aumentar los tramos de la escala del artículo 90 de la Ley del Impuesto a las Ganancias por cuanto permanencen inamovibles desde el año 2000.

LOS TRABAJADORES ALCANZADOS POR EL GRAVAMEN SERÁN ESTE AÑO UN 83% MÁS, EN VALOREA ABSOLUTOS QUE HACE UNA DÉCADA
Por último cabe menciona que como muchos de los tributaristas más conocidos de nuestro país sostienen habría que realizar un sustancial cambio dentro del impuesto para equiparar al trabajador autónomo con el de relación de dependencia en lo que se refiere al monto de la deducción especial.

El aumento del 20% en el mínimo no imponible para el impuesto a las ganancias es CASI TRES VECES MENOR AL 54% CONTEMPLADO EN EL PROYECTO DE LOS DIPUTADOS DE LA OPOSICIÓN AL GOBIERNO NACIONAL QUIENES OPORTUNAMENTE NO RECIBIERON QUÓRUM PARA TRATARLO EN SESIÓN.




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