Es una pregunta muy frecuente la diferencia entre la transferencia de la participacion social en las Sociedades de Responsabilidad Limitada y la transferencia en las Sociedades Anónimas.
A veces esta diferencia es determinante a la hora de elegir un modelo societario. Se debe aclara que una vez elegido una forma jurídica siempre existe la posibilidad de la Transformación, es decir pasar de una forma jurídica a otra. por ejemplo transformar una SRL en SA.
Para decirlo de una manera sencilla, cuando se desea transferir la participación societaria de una sociedad de Responsabilidad Limitada, hay que realizar un Cesión de cuotas sociales que debe realizarse por contrato e inscribirse en el Registro Publico de Comercio, con los gastos que esto conlleva.
En tanto que si uno desea vender su parte en una sociedad anónima se realiza un simple traspaso de acciones, pudiéndose realizar un boleto de compraventa privado, luego hay que comunicar esta venta a la sociedad ya que actualmente en la Argentina solo se permiten las acciones nominativas no endosables.
Entonces,, es así que nos encontramos que la trasferencia de participaciones societarias en Argentina es mucho mas sencilla y menos costosa en las Sociedades anónima que en las sociedades de Responsabilidad Limitada.
Opinión Profesional: temas tributarios, societarios,gerenciamiento, normativa legal,de interés para profesionales y estudiantes en Cs. Económicas,abogados y empresas argentinas, especialmente Pymes y empresas familiares.
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