domingo, 22 de marzo de 2009

Moratoria y blanqueo en el caso de Monotributistas

La RG 2576 dá nuevas pautas sobre la moratoria y el blanqueo en caso de los monotributistas.

Establece que se podrán regularizar en la moratoria fiscal de hasta 120 cuotas las deudas de los monotributistas así como también las resultantes de la recategorización efectuada por el contribuyente o practicada de oficio por la AFIP, como las correspondientes a los respectivos regímenes generales, en los supuestos de exclusión del régimen simplificado.Por supuesto deberá tratarse de obligaciones vencidas al 31 de diciembre de 2007. Se deja en claro que no se podrá regularizar las cotizaciones fijas correspondientes a los trabajadores en relación de dependencia de sujetos adheridos al Monotributo, devengadas hasta junio de2004.

Dispone que la exteriorización de bienes por parte de los monotributistas no será tenida en cuenta como antecedente a los fines de la recategorización o exclusión del Monotributo por los períodos no prescriptos hasta el 31 de diciembre de 2007.

Sólo quedan fuera del régimen los contribuyentes quebrados, los que tengan sentencia penal firme y quienes hayan sido funcionarios públicos.

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