domingo, 30 de marzo de 2008

liquidaciones cargas sociales para Pymes

Desde los vencimientos de abril, los empleadores que registran hasta cinco trabajadores deberán utilizar obligatoriamente la Declaración Jurada Proforma de Seguridad Social.

Las etapas serán las que continúan:

a) Los empleadores con un trabajador: a partir de las presentaciones que vencieron en el mes de marzo.


b) Los empleadores que tienen entre dos y cinco trabajadores: a partir de las prestaciones que vencen en el mes de abril.


c) Los empleadores que registran entre seis y diez empleados: podrán optar entre utilizar este servicio o generar su declaración jurada mensual mediante la utilización del aplicativo SIJP.

PROCEDIMIENTO A SEGUIR:

El empleador ingresa a www.afip.gov.ar con clave fiscal al servicio “Su Declaración” y seguir estos pasos:

-Acceder a la declaración jurada que confeccionó la AFIP en forma automática con la información registrada en la presentación del mes anterior más las novedades ingresadas en “Mi Simplificación”.

-Si están todos los datos correctos, se conforma.

- Enviar a través del sistema por transferencia electrónica de datos. Opcionalmente, el sistema lo conducirá al servicio “Presentación de DDJJ y Pagos”, para generar el Volante Electrónico de Pago.

Este sistema presenta varias ventajas, entre ellas:
1- se ahorran costos administrativos y tiempo.

2- Evita errores ya que el sistema valida datos en línea.

3- No requiere de la sistemática carga de información ya existente en las bases de datos de la AFIP.

4- No requiere programas o aplicativos.

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