lunes, 27 de noviembre de 2017

Modificación consultas realizadas sobre constancia inscripción clientes

La Administración Federal de Impuestos, ha decidido modificar el plazo de validez de las consultas efectuadas relacionadas con las constancias de inscripción de los contribuyentes que originariamente la RG 1817 había establecido en un plazo de 180 corridos ( 6 meses) anteriores a la operación.-

En efecto la nueva disposición RG 4162-E,  ha modificado dicha vigencia a partir del 01/12/2017  y ahora el plazo se ha acortado a solo TREINTA ( 30) días corridos anteriores a la operación, debiendo ineludiblemente contarse con dicha constancia , pues constituirá el único elemento válido para conocer la situación fiscal del cliente a los fines de practicar las percepciones y los impuestos que  resulten procedentes y además servirá como documento que avale la existencia del mismo y la certeza que se está debidamente identificado frente a la Administración Fiscal
Para el supuesto de que la consulta no arroje resultados, se lo considerará como no categorizado frente al iva facturándose las percepciones que resulten pertinentes.

A los fines de realizar la consulta se ha incorporado una nueva opción, con la  modificación del  articulo 3º de la RG 1817 , que permite acceder a la misma mediante el intercambio de información con  “Web Service” al que se accederá con certificado de seguridad digital obtenido mediante la Clave Fiscal.

miércoles, 1 de noviembre de 2017

Todos los monotributistas deberán pagar su cuota electrónicamente


Las categorías A, B, y C del Monotributo también deberán                                                                                           pagar sus cuotas por canales electrónicos. 

Las posibilidades son:
Transferencia electrónica: Requiere primero la generación de un Volante Electrónico de Pago (VEP); Débito automático con cuenta bancaria; Débito automático con tarjeta de crédito.; a trav-es de Cajeros automáticos: Ingresando con tarjeta de débito en cualquier cajero, se debe ir a “Pagos / Pagos AFIP / Monotributo” e indicar CUIT, CUR y el período a pagar;Tarjetas de crédito o débito: En el primer caso, es para Cabal, Visa y Mastercard; Caja de Ahorro Fiscal (CAF): Quienes no estén bancarizados pueden abrir una cuenta gratuita especial en el Banco Nación. Si bien la finalidad de la CAF es facilitar el cumplimiento fiscal,  “puede ser utilizada para efectuar cualquier operación bancaria habitual” y “cualquier otro medio de pago electrónico" admitido o regulado por el Banco Central e implementado por la AFIP”.

Fuente: Iprofesional

Prórroga del TIRE- Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas

 Se prorroga al día 31 de diciembre del corriente año el plazo para la inscripción en el “Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas”,

Modificaciones mínimos diversos Regímenes de Información Resolución 5362/2023

La Resolución General 5362/2023   incrementa  los importes en diversos régimen de información a partir por el cual se deben informar opera...