martes, 29 de diciembre de 2015

Eliminación de las retenciones a las exportaciones

  Decreto 160/2015: Derechos de exportación de mercaderías industriales

El Gobierno Nacional publicó el día viernes 18 de diciembre de 2015 en el Boletín Oficial, el decreto 160/2015 que elimina las retenciones a las exportaciones.

MODIFICACIONES EN EL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS DE SANTA FE INTRODUCIDAS EN LA LEY DE PRESUPUESTO 2016

Nota emanada de la Secretaria de Ingresos Públicos de Santa Fe, en relación con las modificaciones en el Impuesto sobre los Ingresos Públicos


1 - Comercialización de granos por cuenta propia de los acopiadores: se suprime el art. 191 inc. e) del CF y se introduce al mismo el art. 194 bis y un agregado a continuación del art. 7 inc. a de la LIA. Con esta modificación, la base imponible por la comercialización de productos agrícolas efectuada por cuenta propia por los acopiadores dejará de estar constituida por la diferencia entre precio de compra y venta y se tomará el total de la venta (kilos por precio más o menos las bonificaciones o rebajas que surjan como consecuencia del análisis técnico del grano). La alícuota a aplicar se fija en el 0,25% (igual a la de Córdoba).
 2 - Entidades Financieras (art. 193): Se incrementa la base imponible del impuesto para el caso de entidades financieras, que actualmente está dada por la diferencia de las cuentas activas menos pasivas, para establecer que la misma será del total de las cuentas de resultado, sin deducciones. Quedan exceptuados los Bancos públicos con domicilio fiscal en la Provincia, para quienes se mantiene la base anterior.
 3 - Derecho de Registro e Inspección (art. 207): se mantiene la deducción del Drei hasta el 8% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes con ingresos iguales o inferiores a $ 1.000.000 y se suprime la deducción para el resto de los contribuyentes.

4 - Se incorpora la exención de IIBB a Aguas Santafesinas (ASSA): como inciso k) del art. 212 del CF.

 5 - Se aumentan los montos de la exención para industrias: de 80 a 120 millones, siendo a partir de ese importe que pagarán 0,50% (art. 213 inc. ñ) del CF y art. 7 inc. a) de la LIA).

 6 - Se aumentan los montos de la exención para la construcción: de $1.500.000 a $ 2.250.000 (art. 213 inc. p del CF). 7 - Se exime del impuesto a las cooperativas que presten servicios de salud y servicios educativos (art.213 inc a´y b´). 8 - Se aumenta la alícuota básica, conforme a la siguiente escala por actividad: - 3% para ingresos inferiores o iguales a $1.000.000 - 3,6 para ingresos de $ 1.000.000 hasta $ 60.000.000 - 4.5% % para ingresos mayores a $ 60.000.000 y para las que se desarrollen fuera de la jurisdicción de Santa Fe. 9 – Se incorporan a las empresas que presten servicios de radiocomunicación (NExtel) dentro de la alícuota de telefonía celular que es del 7%. (Sustituye art. 7 inc. j) bis de la LIA).

lunes, 28 de diciembre de 2015

Es suficiente la devaluación del peso?


Con el desarme del cepo y la supresión de las retenciones a las exportaciones de bienes industriales hay consenso generalizado de que la administración macrista tomó un camino correcto para darle nuevo impulso al “Made in Argentina”. 
Reglas de juego claras, eliminación de restricciones para importar, menor presión tributaria y un dólar más competitivo. 
Según los economistas: la ecuación mejoró, pero se está muy lejos del impacto que tuvieron otras devaluaciones, como la que se dio tras la salida de la crisis del 2001. 
Según un relevamiento de la Consultora Ledesma, el tipo de cambio real con respecto al dólar pasó de una relación de $0,97 (equiparable a los niveles del último tramo del 1 a 1) a una de $1,28 por billete verde. Es decir que la mejora cambiaria, descontando inflación, fue del 31%. 
Esta tasa de variación, que a primera vista luce holgada, se desdibuja si se considera que se ubica prácticamente en el mismo nivel que el registrado durante el primer trimestrede 2014, luego de que el entonces ministro de Economia, Axel Kicillof, le soltara un poco las riendas al billete verde. 
Además, pese a la devaluación, la relación peso-dólar en términos reales se sigue moviendo por debajo del promedio de los últimos trece años, que arroja una referencia de $1,52 por divisa. 
El siguiente cuadro permite observar cómo el impacto de la devaluación no recompuso la competitividad mucho más allá de la de 2014. 
Si el comparativo se traza con la canasta de monedas de los países con los que comercia la Argentina, la situación es calcada: el salto devaluatorio de hace unos días apenas alcanzó para mejorar la competitividad cambiaria.
“A nivel cambiario, las condiciones para exportar son mucho mejores que las que había hasta hace un par de semanas, pero seguimos estando muy por debajo del promediode la última década
Con respecto a la relación cambiaria con el mayor socio comercial, Brasil,: el debilitamiento del real que tuvo lugar durante los últimos días limó gran parte de la ganancia lograda tras la devaluación. 
La relación hoy es de $0,85 por cada real –descontando inflación-. Esto implica que, pese al salto del dólar propiciado por el macrismo, la competitividad con Brasiles un 50% más desventajosa que a fines de 2011, ubicándose además bastante por debajo del promedio de la última década-
“El efecto devaluatorio en el plano local se terminó diluyendo en gran medida porque el real brasileño se depreció mucho más frente al dólar”
Desde la consultora Economía & Regiones destacaron que, si se considera la mejora conjunta de la quita de retenciones y del salto del tipo de cambio, la competitividad de los productos agropecuarios experimentó una mejora promedio cercana al 60%.  Mejoró entonces el agro más que la industria.
Los más beneficiados pasaron a ser el girasol (con un salto de la competitividad precio del 100%), el trigo (+85%), y el maíz (+79%), mientras que la mejora en el caso de la soja se acercó al 50%.  
Paralelamente, la carne argentina pasó a ser cerca de un 60% más competitiva que antes de la devaluación. 
Frente a este cuadro, para los expertos es de esperar una marcada recuperación en la superficie implantada -luego de la última campaña en la que se redujo fuertemente el área sembrada-, especialmente en el caso del girasol y de los cereales. 
En el caso de la carne, si bien la exportación pasó a ser más rentable para los frigoríficos, hay que considerar que el ciclo del negocio requiere de tiempos más largos que para los cultivos.
Ell sinceramiento cambiario también "impactó positivamente sobre las economías regionales" de todo el país. 
Si a esto se le suma la quita de retenciones, entonces esto las dejó "con un amplio margen de competitividad precio". 
Entre los productos más beneficiados figuran algodóntabaco peras, con un salto cercano al 60%. También fue importante la mejora que experimentaron otros alimentos y bebidas como yerbamanínaranjas vinos, con una recuperación del 50%. 
Todas las miradas hoy se posan en Brasil no sólo por el debilitamiento del real frente al dólar. Este padece además una lapidaria visión sobre su economía, con una proyección de caída del PBI del 3,7% para este año.“Si Brasil sigue en recesión y no se recupera, entonces va a ser muy difícil esperar un salto o un crecimiento de nuestras exportaciones industriales". 
"Sólo si el país vecino se estabiliza habrá algo de espacio para que los envíos dejen de caer y se recuperen algunos sectores, pero esto ya pensando en la segunda parte de 2016”. 
Cabe destacar que las exportaciones de autos representan entre el 35% y el 40% de los envíos totales del sector industrial argentino.Brasil es el principal mercado, dado que adquiere 8 de cada 10 vehículos vendidos al exterior, además del 60% de las autopartes
El actual equilibrio económico de corto plazo es mejor que el que había en el contexto del cepo. Pero advierten que sigue sin ser sustentable de cara al mediano-largo plazo. Si bien se eliminaron una serie de restricciones, no se solucionó el problema de fondo. 
"Para lograr equilibrar las variables no se requiere de magia. Lo que hay que hacer escerrar el agujero fiscal y relevar al BCRA de su papel de fuente financiera del Tesoro Nacional", afirmó Caamaño Gómez. 
Por su parte, Coatz, de la UIA, advirtió que para que la competitividad de las empresas se consolide, también se deberán resolver otros temas como el acceso al financiamiento, especialmente en un contexto de suba de tasas.
"Los tipos de interés elevados son una herramienta para contener la inflación pero hay que evitar que esto afecte a las líneas de crédito para el sector productivo. Es necesario que haya financiamiento accesible para las Pymes y para cualquier empresa que quiera dar un salto exportador", agregó.
Tal como está planteado el panorama cambiario, el campo y algunas economías regionales se preparan para ser los "proveedores" de dólares que tanto necesita la economía.

Fuente: iprofesional

lunes, 21 de diciembre de 2015

Fecha a partir de la cual no rige más el 35% de percepción sobre servicios turísticos


a) Las operaciones realizadas en el exterior o a través de Internet en moneda extranjera.
b) La adquisición de servicios turísticos, transporte con destino fuera del país y moneda extranjera para viajes
 que se hubieran realizado con tarjeta de crédito, débito y/o compra y su liquidación se realice a partir del 16/12/2015 no se encontrarán alcanzadas por la percepción del 35%.

c) En lo que respecta a aquellas que se hayan practicado conservan su carácter de impuesto ingresado y las mismas podrán computarse en las formas previstas para cada caso
d)Igual tratamiento corresponde al caso de compra de moneda extranjera para tenencia.

d )En el caso de la moneda extranjera adquirida para tenencia y depositada en cuenta bancaria que se retire antes de transcurrido 1 año, la percepción se deberá practicar sobre el valor en pesos de los fondos respectivos convertido al tipo de cambio vendedor vigente en el Mercado Único y Libre de Cambios correspondiente al cierre del día anterior a la fecha del retiro anticipado de los mismos.

e) La percepción del 5% -RG (AFIP) 3819- se aplicará también cuando las operaciones de compra a agencias de viajes y turismo del país, y la adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y acuático con destino fuera del país se paguen en efectivo con moneda extranjera. El importe de la operación deberá convertirse a moneda local aplicando el tipo de cambio vendedor vigente en el Mercado Único y Libre de Cambios al cierre del día anterior de dicha cancelación.

viernes, 4 de diciembre de 2015

Ultimos días para comprar viajes al exterior a dólar barato

Por lo tanto, aún restan unos días para poder aprovechar el dólar turismo de menos de $ 10 que, si bien se le suma la retención de AFIP del 35%, ese importe luego se descuenta por el impuesto a las ganancias. O sea, es una forma de comprar dólares a precio oficial para usarlos para pagar avión y hotel en otro país. En caso de que el oficial se vaya a $ 15, pagar hoy el paquete turístico representaría un ahorro mayor al 50%, siempre cuando luego se descuente el 35% por ganancias o bienes personales.
Pero hay un tema crucial a tener en cuenta: se debe pagar 100% en efectivo o con tarjeta de débito, porque si la operación se realiza con tarjeta de crédito se termina abonando el precio del dólar al día del vencimiento del resumen, con un oficial post devaluación.
Ante este escenario pre devaluación, las agencias de viajes no quieren quedarse con pesos sin haberlos podido girar al exterior al tipo de cambio oficial, entonces empezaron a aumentar los precios un 25%. De todas formas, si la persona luego descuenta el 35% de retención de AFIP vía ganancias, le está ganando a la suba de precios impuesta.
Para eso, es clave que la agencia de viajes tenga la posibilidad de poder pagar cash, ya que hay grandes operadores donde sólo se puede hacer con tarjeta. Pero se puede ir a las oficinas de las líneas aéreas y pagar en efectivo, o pagar el paquete completo a agencias que no sean 100% online.
¿Cómo es el negocio para los agentes de viajes? En hotelería, las agencias ganan comisiones de entre 10% y 15%, pero existen acuerdos con grandes cadenas en los que la comisión llega hasta 35%. En esos casos, la suba de precio es menor. Con las líneas aéreas la comisión va de 1% a 5% del precio del ticket sin impuestos.


Quien se va de viaje al exterior, aunque sea monotributista, puede pedir autorización a la AFIP para comprar moneda extranjera, que tiene una retención del 35%, contra 20% de la versión ahorro. Pero como la mayoría paga el impuesto a las ganancias y lo deduce, les conviene sacar las dos opciones al viajar. La ventaja del dólar turista es que la ración promedio por persona es 57% mayor a la que se obtiene por tenencia: u$s 928, contra u$s 592, según datos de noviembre. En noviembre del 2014, el cupo promedio por turismo había sido de u$s 1015, por lo que hubo un tijeretazo de u$s 87 menos.

Fuente: El cronista.com

martes, 1 de diciembre de 2015

Posición del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Santa Fe frente a requerimientos papeles de trabajo auditoría por parte de la AFIP



Ante la situación planteada últimamente, que en materia de requerimientos de fiscalización de la Afip, se le solicita al auditor de contribuyentes que están bajo inspección los papeles de trabajo de la respectiva auditoría de los Estados Contables sujeto a  análisis, les informamos lo siguiente:

La forma de responder, y que en principio la AFIP acepta, para negarse a entregar los papeles de trabajo de la auditoría, es una multinota  que transcriba el  MEMORANDO DE SECRETARIA TÉCNICA N° A – 65 “POSIBILIDAD DE QUE EL CONTADOR PÚBLICO ENTREGUE SUS PAPELES DE TRABAJO” de la FACPCE que fue actualizado y refrendado en abril de 2014.

Esto es importante porque nuestro Código de Etica establece: “Artículo 20º: La relación entre profesionales y clientes debe desarrollarse dentro de la más absoluta reserva y confianza. No deben divulgar asunto alguno sin la autorización expresa del cliente, ni utilizar en su favor o en el de terceros, el conocimiento íntimo de los negocios del cliente, adquirido como resultado de su labor profesional.”

A  los efectos de facilitar la tarea, a continuación se transcribe el Memo mencionado:

"l. Se han recibido consultas sobre si el Contador Público que se desempeña como auditor o síndico societario debe entregar copia de sus papeles de trabajo ante requerimiento de terceros. Por otra parte, se han notado tendencias a crear deberes informativos y requerir apoyos para las Administraciones Públicas en materia de actividades económicas, financieras y patrimoniales. Además, eventuales des conceptos pueden conducir a iniciativas de leyes, reglamentos o actos públicos que requieran la entrega o exhibición de los papeles de trabajo previstos para la prestación de servicios profesionales de auditoría, certificaciones o informes a cargo de los matriculados.

2. Los papeles de trabajo respaldatorios de los servicios de auditoría, revisión, otros encargos de aseguramiento, certificación y servicios relacionados tuvieron origen en las necesidades de la técnica profesional de que los actos profesionales que otorgan fe pública estuvieran apoyados en un estudio objetivo y suficientemente representativo de la información examinada, exigencia consagrada ahora, con carácter obligatorio, por las normas de la Resolución Técnica N° 37.

3. Los papeles de trabajo revisten carácter privado y resultan de la prestación de servicios privados por parte de los Contadores Públicos, estando alcanzados por las garantías de los artículos 18 y 19 de la Constitución Nacional y el deber de secreto profesional establecido por las leyes cuya violación genera graves sanciones disciplinarias y puede constituir el delito de violación de secretos.

4. Por otra parte, el secreto profesional constituye un deber esencial de todos los graduados en Ciencias Económicas por la naturaleza de sus servicios y actos o hechos que deben examinar.

5. Es importante tener en cuenta que los papeles de trabajo constituyen papeles privados de compilación de datos y antecedentes reunidos al sólo efecto de poder realizar el encargo de acuerdo con la Resolución Técnica N° 37. En consecuencia, no tienen como propósito ser informativos para el cliente ni para terceros. No habilitan para ser usados con otro fin porque podrían dar lugar a interpretaciones parciales o diferentes. Por lo tanto, no pueden ser entregados ni al cliente ni a terceros, salvo en este último caso, que concurran las circunstancias muy excepcionales que liberan del deber de secreto profesional.

6. Por las razones mencionadas y teniendo en cuenta el asesoramiento del Asesor Legal de esta Federación, se concluye que los Contadores Públicos que presten servicios sujetos a la Resolución Técnica N° 37, sus modificaciones y complementarias, no están obligados a hacer entrega o exhibición de sus papeles de trabajo ni corresponde que lo hagan, tanto a sus clientes como a terceros, ya sean entes públicos o personas privadas, salvo en los supuestos muy excepcionales previstos en los Códigos de Ética, si es objeto de controles o juicio ético por su Consejo Profesional o deba cumplir una ley especial que, ante intimación válida de un juez o autoridad que lo represente atribuida por ley, los obliguen a informar actos o hechos sujetos al secreto profesional."

Con la intención de que esta información sea útil a los profesionales
Saludamos atte

CPCE CI - Santa Fe

Modificaciones mínimos diversos Regímenes de Información Resolución 5362/2023

La Resolución General 5362/2023   incrementa  los importes en diversos régimen de información a partir por el cual se deben informar opera...