martes, 26 de septiembre de 2017

La AFIP puede impedir al contribuyente el uso de la factura A

Afip  ha emitido la RG 4132-E incorporado un nuevo mecanismo de seguimiento y control de los contribuyentes, mediante el cual procederá a sancionar a quienes no cumplan con los requisitos que a tal efecto enumera la propia norma, quitando la posibilidad de emitir factura A y obligando al incumplidor a la utilización de factura tipo M.
Ya sabemos que la factura tipo M prácticamente deja fuera del mercado a quien la debe utilizar, por cuanto el agente pagador retendrá la totalidad del iva facturado y además el 3% en concepto de ganancias, por lo que recomendamos analizar cada una de las causales que ocasionarían la posible inclusión de vuestra empresa en tal situación.
Los hechos que la misma norma enumera son los siguientes:

Relación monto de facturación/personal declarado/actividad declarada
Relación monto de facturación/acreditaciones bancarias
Relación monto de facturación/bienes registrables
Relación montos de facturación/pagos de impuestos realizados
Calificación asignada en SIPER (Sistema de perfil de riesgos)
Información de terceros
Falta de presentación de declaraciones juradas determinativas
Falta de presentación del régimen informativo de compra y ventas RG 3685
Relación inconsistente debito/crédito fiscal en el iva
Diferencias entre debito fiscal declarado y debito fiscal facturado
Inconsistencias en el domicilio
Antigüedad como empleador

Los motivos por los que afip sancione al contribuyente podrán consultarse en el servicio web Regímenes de facturación y Registración  (RAER RECE RFI), opción “ Habilitación de comprobantes”
La disconformidad se podrá manifestar  en el mismo servicio,  opción “ Disconformidad”

Recomendamos verificar cada una de las posibles alternativas a los efectos de descartar posibles sanciones de este tipo ya que la inclusión dentro del régimen de factura M ocasionará innumerables inconvenientes a la empresa.

La norma no menciona cuales son los plazos de permanencia dentro del régimen de factura M,  ni los mecanismos que deberán utilizarse para poder ser excluido de la sanción,  por lo que estimamos , llevará su tiempo  volver a la situación anterior  a la sanción.


                                         

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