La RESOLUCIÓN GENERAL
(AFIP) 4091-E establece la adecuación de
anticipos por los períodos fiscales 2017 y 2018 para personas físicas y sucesiones indivisas
Se establece en esta resolución la forma de realizar el recálculo de los anticipos del
impuesto sobre los bienes personales correspondientes a los períodos fiscales
2017 y 2018, con motivo de las modificaciones en los importes mínimos no
imponibles y las alícuotas aplicables en cada uno de los períodos fiscales
citados.
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ORGANISMO: AFIP
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VIGENCIA DESDE el 11 de julio de 2017
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11/07/2017
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Ver anexo I de esta norma sobre la forma de reliquidar los anticipos
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