martes, 11 de julio de 2017

Adecuación de los anticipos del impuesto sobre los Bienes Personales

 La RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4091-E establece la adecuación de anticipos por los períodos fiscales 2017 y 2018 para personas físicas y  sucesiones indivisas

 Se establece en esta resolución la forma de realizar el recálculo de los anticipos del impuesto sobre los bienes personales correspondientes a los períodos fiscales 2017 y 2018, con motivo de las modificaciones en los importes mínimos no imponibles y las alícuotas aplicables en cada uno de los períodos fiscales citados.


ORGANISMO: AFIP




VIGENCIA DESDE el 11 de julio de 2017

11/07/2017

Ver anexo I de esta norma sobre la forma de reliquidar los anticipos


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