El nuevo Código Civil y Comercial (CCC) regula ciertos
aspectos relacionados con la contabilidad y los
estados contables. A partir de la entrada en VIGENCIA
del mismo DEBERÁN LLEVAR LIBROS y presentar
ESTADOS CONTABLES::
aspectos relacionados con la contabilidad y los
estados contables. A partir de la entrada en VIGENCIA
del mismo DEBERÁN LLEVAR LIBROS y presentar
ESTADOS CONTABLES::
- Las personas jurídicas privadas, incluye:
- Los consorcios de propiedad horizontal
- Sociedades regulares
- Sociedades informales
- Asociaciones
- Fundaciones
- Entidades religiosas (no la Iglesia Católica)
- Mutuales
- Cooperativas
- Toda otra contemplada legalmente.
- Contratos asociativos, como:
- Negocios en participació
- Uniones transitorias de empresas
- Consorcios de cooperación.
- Personas humanas que realizan actividades
- económicas organizadas y son titulares de
- una empresa o un establecimiento.
- Agentes auxiliares del comercios regidos
- por leyes especiales: corredores y rematadores.
- Los tiempos compartidos, en los que el
- administrador debe llevar libros de
- contabilidad y rendir cuentas al emprendedo
- r y a los usuarios, conforme a liquidaciones de
- ingresos y gastos certificadas por contador público.
Ahora bien, no deben llevar libros y presentar Estados
Contables:
a) Los profesionales: dependerá de si forman una sociedad
o un contrato asociativo, o sólo comparten un lugar físico,
así como los gastos de alquiler, insumos, secretaria
.( El CCC excluye a los profesionales liberales,
cuando se trata de personas humanas que, aunque
desarrollen actividad económica organizada, no
lleguen a organizarse como empresa. Según
dictámenes impositivos, resulta el siguiente
concepto tributario de "empresa": "Organización"
que, "generada por el ejercicio habitual de una
actividad económica", "utiliza como elemento
fundamental para el cumplimiento de dicho fin,
la inversión de capital y/o el aporte de la mano
de obra, asumiendo en la obtención del beneficio
el riesgo propio de la actividad".Por ello se
exceptúan los servicios profesionales, técnicos
o científicos en donde el componente intelectual
prevalece sobre el aporte de capital y/o de la mano
de obra auxiliar o de apoyo. En tal sentido, se ha
considerado relevante, para juzgar o no la existencia
de una empresa comercial a los fines tributarios,
determinar si el trabajo de los otros profesionales
empleados con título habilitante tiene aptitud o no
para suplantar o independizarse del trabajo del
profesional titular, existiendo empresa en el prime
r caso, y no en el segundo".
Contables:
a) Los profesionales: dependerá de si forman una sociedad
o un contrato asociativo, o sólo comparten un lugar físico,
así como los gastos de alquiler, insumos, secretaria
.( El CCC excluye a los profesionales liberales,
cuando se trata de personas humanas que, aunque
desarrollen actividad económica organizada, no
lleguen a organizarse como empresa. Según
dictámenes impositivos, resulta el siguiente
concepto tributario de "empresa": "Organización"
que, "generada por el ejercicio habitual de una
actividad económica", "utiliza como elemento
fundamental para el cumplimiento de dicho fin,
la inversión de capital y/o el aporte de la mano
de obra, asumiendo en la obtención del beneficio
el riesgo propio de la actividad".Por ello se
exceptúan los servicios profesionales, técnicos
o científicos en donde el componente intelectual
prevalece sobre el aporte de capital y/o de la mano
de obra auxiliar o de apoyo. En tal sentido, se ha
considerado relevante, para juzgar o no la existencia
de una empresa comercial a los fines tributarios,
determinar si el trabajo de los otros profesionales
empleados con título habilitante tiene aptitud o no
para suplantar o independizarse del trabajo del
profesional titular, existiendo empresa en el prime
r caso, y no en el segundo".
b) Las personas humanas que se dediquen a
actividades agropecuarias y conexas no
organizadas como empresa.
actividades agropecuarias y conexas no
organizadas como empresa.
Pueden ser eximidos de llevar contabilidad
las actividades en que, por el volumen de sus
negocios, resulte inconveniente..
las actividades en que, por el volumen de sus
negocios, resulte inconveniente..
Los Libros deben llevarse en idioma y
moneda nacional..
moneda nacional..
Los libros y registros deben permanecer
en el domicilio legal del titular. Los auxiliares
de la Justicia tendrán que viajar lo que haga
falta para la pericia contable, y el contador no
podrá llevárselos al estudio, porque podría
aplicarse una multa.
FUENTE: Infobae
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