jueves, 30 de octubre de 2014

Escribanos públicos novedad en agentes de información en Provincia de Santa Fe

Se modifica el artículo 1° de la Resolución General N° 05/2011-API, Texto según artículo 1° - Resolución General 12/2011 el que quedará redactado de la siguiente manera:
Los Escribanos Públicos designados como agentes de información por Resolución General N° 24/2010-API, a partir del 1° de noviembre de 2014, deberán comunicar a esta Administración Provincial de Impuestos, dentro de los treinta (30) días de su formalización, aquellos actos u operaciones en los que hayan intervenido o de los que hayan tomado conocimiento, que estén alcanzados por Impuesto de Sellos o Tasas Retributivas de Servicios, concertados por valores inferiores a diez veces la valuación fiscal, en los casos de inmuebles urbanos y suburbanos; cuando se trate de inmuebles rurales utilizarán el Valor Inmobiliario de Referencia (VIR) que determinará el Servicio de Catastro e Información Territorial (SCIT), e informarán los actos u operaciones que sean concertados por un valor inferior al 70% del valor inmobiliario de referencia antes citado. Asimismo, hasta el 31 de octubre de 2014 deberán actuar conforme a lo establecido por el artículo 1° de la Resolución General N° 05/2011, texto según artículo 1° de la Resolución General N° 12/2011.”

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