lunes, 7 de octubre de 2013

Quiénes pasan del Régimen General al Monotributo deben realizar Declaración Jurada de Ganancias


 42.700 contribuyentes se pasaron del Régimen General al Monotributo, a raíz de la suba de los límites de facturación.. Estos contribuyentes tendrán igualmente que presentar el año que viene la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias por el período durante el cual estuvieron inscriptos en el Régimen General, y se encontrarán con varias dificultades

Marcelo D. Rodríguez, de MR Consultores, en el diario Crónica puso como ejemplo el caso de una persona que inició 2013 como monotributista y que se pasó al Régimen General a partir del 1º de febrero de 2013. Ahora, vuelve al monotributo, a partir del 1º de octubre. Este contribuyente estará obligado a confeccionar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias por 2013, pero declarando los ingresos gravados sólo durante el período que va del 1º de febrero al 30 de septiembre. Los ingresos de enero y del trimestre octubre a diciembre van por el Monotributo, y los tiene que considerar como exentos.
Ahí comienzan los inconvenientes, que Rodríguez resumió como sigue:

n El patrimonio neto al inicio y al cierre que tiene que declarar será, sin embargo, “las fotos” al 1º de enero y al 31 de diciembre de 2013.

n Cuando liquide Ganancias, tendrá que hacer una segmentación, aplicando las modificaciones que sufrieron las deducciones personales en marzo, julio y septiembre, suponiendo que tiene además rentas en relación de dependencia.

n Se dará una paradoja, además: si el sujeto es un profesional que tiene ingresos facturados hasta el 30 de septiembre, fecha en la que vuelve al Monotributo, y que las percibe luego de esa fecha, entonces no pagará Impuesto a las Ganancias sobre las mismas atento a que se liquidan por el criterio de lo percibido.

n Las amortizaciones de los bienes de uso y demás gastos los podrá tomar solo por el período en el que estuvo en el Régimen General.

n Si tuviera saldos a favor de IVA, Ganancias o Ganancia Mínima Presunta, no está previsto que los pueda utilizar contra el pago del Monotributo. Entonces, deberá solicitar al fisco la devolución de las sumas pagadas.

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