En enero corresponde la próxima recategorización de los sujetos inscriptos en el Régimen de Monotributo. Además de los parámetros ya establecidos que se deben considerar para la recategorización de los mismos, la información presentada será confrontada por el organismo
recaudador contra indicadores de la situación fiscal de dichos
monotributistas que surjan de su base de datos.
Entre ellos se destacan los consumos con tarjetas de crédito y débito, los movimientos bancarios y las declaraciones patrimoniales.
Los viajes y consumos realizados fuera del país serán los conceptos "estrella" de la próxima recategorización.
A fin de potenciar la depuración del padrón, la AFIP ya cuenta con una reformulada reglamentación que le permite excluir a los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado cuando se detecte alguna de las siguientes situaciones:
Entre ellos se destacan los consumos con tarjetas de crédito y débito, los movimientos bancarios y las declaraciones patrimoniales.
Los viajes y consumos realizados fuera del país serán los conceptos "estrella" de la próxima recategorización.
A fin de potenciar la depuración del padrón, la AFIP ya cuenta con una reformulada reglamentación que le permite excluir a los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado cuando se detecte alguna de las siguientes situaciones:
- Que se adquieran bienes o se realicen gastos personales por un importe igual o superior a los máximos admitidos para la categoría en la cual estén encuadrados.
- Que se registren depósitos bancarios, debidamente depurados, por un valor igual o superior al tope fijado para su categoría.
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